Dr. Juan Diego Sánchez Sánchez, Ph.D
Asesor y analista financiero, abogado, profesor e investigador
La actividad económica del país, así como la generación de riqueza y el macro crecimiento usual derivan directamente en aspectos como el empleo, la pobreza, el intercambio internacional, así como el bienestar general, temas que reflejan la realidad de la nación en términos de la capacidad de la creación de posiciones laborales que permitan a las personas la obtención de rentas, el incremento en su nivel de vida, así como una movilidad social sostenible y efectiva para los habitantes.
Esta dinámica antes señalada, tiene un especial ligamen con la actividad empresarial, es decir, con la apertura, el funcionamiento y el mantenimiento a lo largo del tiempo de estas unidades económicas conocidas como personas jurídicas mercantiles, que se crean con el fin ulterior de la generación de riqueza y lucro, no obstante en esta acción, es fundamental recalcar la incubación de puestos de trabajo de forma adyacente, mismos que permiten el establecimiento de relaciones laborales directas e indirectas, contribuyendo así a la sociedad en general. Cabe adicionar que la distribución de la población económicamente activa en el país radica en su gran mayoría en el sector privado, presentando un conglomerado de una enorme magnitud para estos efectos.
Ahora bien, al analizar el proceso el cual una empresa debe atravesar para el establecimiento y apertura de su giro de negocio en el país, saltan a relucir una serie de elementos procesales y de tramitología que sin duda, vienen a encarecer y truncar el desarrollo eficiente de la puesta en marcha empresarial, siendo elementos que aunque jurídicamente deben cumplirse, no dejan de ser trabas burocráticas que generan un costo de operación inicial alto para estas entidades. Dentro de estos puntos pueden observarse aspectos tales como trámites municipales, entiéndase las patentes y uso de suelo, así como aspectos ligados a las inscripciones para efectos del permiso de funcionamiento, sin dejar de lado los trámites de iniciación tributaria, y con un claro enfoque procedimental, los pasos necesarios para la inscripción en la seguridad social, entiéndase invalidez, vejez, muerte y las pólizas pertinentes, en especial atinencia la de riesgos laborales.
Aunque lo anterior deviene más de una carga procedimental que las empresas deben soportar para efectos de la puesta en acción y desarrollo de su giro de negocio, tampoco implica que dicho cubrimiento de trámites esté exento de la generación de una carga financiera que la entidad comercial deba soportar. Esto forja un primer costo de operación para el desarrollo empresarial, el cual claramente repercute en la capacidad lucrativa y de generación de riqueza, así como de la expansión comercial que pueda tenerse, y que por ende, implica una traba para la creación expedita de fuentes de trabajo y crecimiento económico, al menos en las primeras etapas de la vida del negocio, pues claramente, no puede iniciarse la operación formalmente, sino hasta cubiertos todos los requisitos en cuestión, mismos que pueden alargarse en una cuantía de meses, esto dependiendo de posibles distorsiones que deban enfrentarse.
En adición a los trámites iniciales, debe hacerse mención a la carga social que la empresa debe soportar, para lo cual es importante recalcar que, y en líneas generales, se observan dos aproximaciones en esta vía, siendo la primera la cuota obrera, la cual es rebajada directamente del salario del empleado, que si bien es cierto, no es un costo directo para la empresa, de igual forma debe cubrirse, mientras que la carga directa para la persona mercantil denota una magnitud mayor, señalando porcentajes que pueden ser cercanos al 26% del valor de la planilla, y que impactan de forma directa a la estructura financiera de la entidad, incidiendo de igual forma en la estructura de los costos operativos y el precio final de los bienes y servicios.
Aunque la seguridad social es sin duda un aspecto jurídico obligatorio y necesario, esto tampoco señala que no denote representar una afectación de gran valía en la competitividad y eficiencia lucrativa de los giros comerciales, señalando además la existencia de la obligación del cubrimiento de la póliza de riesgos laborales, misma que debe ser honrada en complemento del pago del seguro social antes detallado. Para estos efectos, el monto de este rubro suele rondar en un 5% como dato promedio, esto sobre la cuantía de los salarios brutos, no obstante, puede variar dependiendo de la actividad de negocio realizada y del factor de riesgo asociado.
Cubiertos los gastos coligados al cumplimiento mandatorio de los rubros atinentes a la seguridad social, es menester de las empresas proceder también con la cobertura de los derechos laborales existentes en la normativa jurídica del país, presentando para estos efectos montos financieros que son asociados a las denominadas provisiones, los cuales deben ser costeados y cancelados de ser el caso. Para esto pueden observarse, en primera instancia los derechos irrenunciables, mismos que en todas las situaciones deben ser pagados, reflejándose en el aguinaldo, que ronda en un 8.33% del valor de los salarios brutos, así como las vacaciones, derecho que presenta un dato aproximado del 4.17% sobre la misma base.
Una vez provisionados los valores antes indicados, debe también la empresa proceder a la precisión de los denominados derechos labores con aspectos de renunciabilidad, pues en caso de que sea el colaborador quien decida finalizar la relación de trabajo, estos no deben cancelarse, salvo en ciertos casos muy puntuales, pero que de igual forma deben ser provisionados y afectan los costos de operación. Se observan para esta situación el preaviso y la cesantía, presentando cuantías aproximadas del 8.33% y el 5.33%, señalando a su vez ser una carga adicional que repercute en el costo de operación empresarial.
Una vez que se ha analizado el alcance de las cargas sociales y los derechos laborales, así como su costo, debe el empresario proceder con una valoración adicional, siendo esta el peso tributario que debe afrontarse en el país, señalando diversos impuestos que son de acatamiento obligatorio, salvo en casos muy marcados de excepciones parciales para algunos regímenes como la zona franca, que dicho sea de paso, tampoco son beneficios que se otorgan por el simple hecho de existir a la vida jurídica, sino que deben cumplirse una serie de requisitos tales como la inversión, tenencia de activos, generación de empleos, y tampoco son aplicables para todos los tributos.
En esta línea se observan impuestos tales como el dado para las utilidades, cuya tarifa general es un 30%, el valor agregado con un valor máximo de 13%, las rentas de capital con 15% de forma inicial, el impuesto territorial de 0.25%, impuestos directos a las dietas y a los dividendos con una tasa del 15%, así como otros específicos, entiéndase la generación de tasas tributarias aplicables en cascada sobre las importaciones, el cobro por el ruedo de vehículos, y sin dejar de lado aquellos específicos que pudiesen ser cobrados sobre su producto o servicio comercializado, con ejemplos en el selectivo de consumo, así como leyes específicas para la nacionalización de mercancías.
Evidentemente los datos escudriñados señalan una carga financiera bastante alta para la operación empresarial en el territorio nacional, incluso al considerar que el costo de la seguridad social señala ser el más alto de la región, y el quantum tributario total es ubicable en los rangos más altos de conglomerados de países en organizaciones internacionales. ¿Se tiene un buen sistema de salud y de infraestructura en el país? La respuesta depende totalmente contra que se compare, no obstante, esto no elimina la realidad incomoda que señala que estos valores altos y obligatorios en su cubrimiento financiero restan competitividad y eficacia, que sin bien es cierto, son contrarrestados por una mano de obra muy calificada, tampoco denotan ser únicos, pues pueden observarse otras jurisdicciones con excelentes factores competitivos y un costo mucho menor.





































