Por : Alberto Cabezas
Presidente comisión de accesibilidad de la
Confederación unitaria de trabajadores
En Costa Rica, miles de personas (repartidores, choferes, freelancers digitales) sostienen ingresos clave gracias a plataformas como Uber, Rappi, Upwork o Fiverr. Sin embargo, este modelo laboral no es tan moderno como parece: opera en una zona legal gris que expone múltiples vulnerabilidades para quienes participan.
1. Vacíos normativos y precaria protección social
El Código de Trabajo vigente, aprobado en 1943 y reformado parcialmente en 2017, no contempla estos nuevos esquemas. Por ende, las plataformas clasifican a sus colaboradores como “trabajadores independientes”, evitando la creación de un vínculo laboral formal .
Esto implica que, bajo esa etiqueta, no existe reconocimiento de derechos básicos como salario mínimo, vacaciones, descanso, seguridad social o negociación colectiva . Además, la clasificación cataloga una dependencia económica real (según muchos, se trata de “hiperdependencia”) como autónoma, lo cual les deja fuera del amparo estatal básico .
2. Seguridad social y fluctuaciones en el ingreso
Los repartidores están obligados a cotizar como trabajadores independientes, con montos que varían entre el 3 % y el 10 % del ingreso declarado . Esto genera incertidumbre en su protección: a veces cotizan muy poco, otras veces demasiado, en función de la irregularidad de sus ingresos.
3. Control externo sin interlocución
Los algoritmos deciden asignaciones, rutas, bloqueos y penalizaciones, sin explicaciones ni canales de apelación humanizados. Los trabajadores suelen ser despedidos virtualmente, con una mínima transparencia sobre criterios o razones .
Un estudio en centros de atención remota reflejó la experiencia de Melissa (25 años) que se sentía “como un autómata … llamada tras llamada … no podés hacer absolutamente nada” . Esa alienación algorítmica está al centro del conflicto.
4. Retos en la creación de un marco positivo
Países como Perú, Ecuador, España, Chile o Uruguay ya han dado pasos para regular el trabajo en plataformas. Estas regulaciones contemplan transparencia algorítmica, protección de horarios, obligaciones de afiliación a seguridad social, derecho a desconexión y canales de negociación .
En Costa Rica, existen diversos esfuerzos, como una moción en la Asamblea Legislativa para reconocer el vínculo laboral de repartidores , y un proyecto de ley (Reforma al artículo 18 del Código de Trabajo) de 2022 que buscaría extender los derechos de los trabajadores de plataformas . Sin embargo, siguen estancados.
5. Hacia una agenda urgente
La necesidad es clara: Costa Rica debe diseñar un marco regulatorio flexible, moderno y justo, que reconozca la economía circular de los algoritmos, sin renunciar al principio de equidad laboral.
Una respuesta adecuada debe contemplar:
• Reconocimiento legal de la relación laboral en condiciones de hiperdependencia.
• Aportes justos y estables a la seguridad social.
• Derechos como descanso, salario mínimo, vacaciones, y negociación colectiva colectiva.
• Transparencia algorítmica y canales de apelación y diálogo tripartito.
• Educación y movilización de los trabajadores para que comprendan sus derechos y se organicen.
Este no es un debate ideológico, sino un imperativo social. Si las plataformas ofrecen flexibilidad y acceso al trabajo, deben asumir la responsabilidad de garantizar condiciones laborales dignas. Ignorar este fenómeno no hará que desaparezca; al contrario, consolida una forma de trabajo que hoy ofrece ingresos, pero a futuro puede representar exclusión social y rotura del contrato laboral.
Costa Rica tiene la oportunidad de liderar en América Latina, construyendo un modelo dual: innovación tecnológica con justicia social. El desafío está servido.





































