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FORO DE LECTORES


Una reforma seria y responsable

| Miércoles 07 marzo, 2012


Una reforma seria y responsable

En relación, con la nota “Audaz o arriesgado…”, publicada en las páginas 12 y 13 en este diario el 29 de febrero, y cuyo titular ocupó la portada de este medio, por respeto a la opinión pública, el Ministerio de Hacienda hace las siguientes aclaraciones:
1. Existe un error en el artículo que genera confusión en el lector
El proyecto de ley Solidaridad Tributaria NO modifica el régimen de zonas francas en cuanto al pago del impuesto sobre las rentas a las utilidades. Por lo tanto, la estimación de recaudación potencial de $113 millones que se indica en el artículo es incorrecta. Hay que distinguir claramente qué es lo que se propone y qué permanece igual en el Proyecto de Solidaridad Tributaria, para hacer una valoración correcta del alcance real de la iniciativa.
2. En relación con las zonas francas:
• El proyecto de Solidaridad Tributaria no modifica las principales exoneraciones del régimen de zonas francas. Estas seguirán gozando de los incentivos que las leyes vigentes les otorgan, conservando las condiciones actuales y los derechos adquiridos.
• El Proyecto de Solidaridad Tributaria contempla reformas a sólo dos tipos de gravámenes: el impuesto territorial y el impuesto a los dividendos. Salvo estos, el proyecto no reforma ninguna otra exoneración al régimen de zonas francas.
• En relación con el impuesto a los dividendos, según el Proyecto de Ley, se gravarán con un 15% los dividendos que repatrian las empresas que firmen contratos para acogerse al régimen de zonas francas a partir de enero del 2015.
• Las empresas que hayan obtenido el régimen de zonas francas antes de la entrada en vigencia de la reforma (enero del 2015), continuarán gozando de todos los incentivos otorgados de conformidad con la Ley No. 7210, conservarán los derechos adquiridos y se les seguirán aplicando las disposiciones vigentes al día de hoy.
• Para todos los casos queda claro que las exoneraciones no son permanentes o perpetuas. Las extensiones por reinversión que cita el artículo 20 son sólo por una vez, y el artículo 20 bis es aplicable exclusivamente bajo los supuestos que indica la ley 7210 y su reglamento.
3. Para el Gobierno de la República atraer inversión directa es clave para el crecimiento económico de largo plazo y para la generación de empleo.
Los esfuerzos de la Administración para atraer inversiones y generar empleo son claves para el desarrollo del país. También lo son los esfuerzos para mejorar las finanzas públicas y para solucionar el problema fiscal, que le permitirá al país seguir garantizando la estabilidad macroeconómica y un adecuado clima para inversiones productivas. Asimismo, le permitirán al país continuar invirtiendo en aquellos bienes y servicios necesarios para que las empresas nacionales y extranjeras puedan ser competitivas.
4. En términos de competitividad es necesario comparar las condiciones reales que los diferentes países de la región ofrecen en beneficios tributarios, y no solamente respecto del impuesto sobre la renta.
Los datos del tratamiento tributario en la región explican de mejor forma cuatro aspectos relevantes en torno al régimen de Zonas Francas. 1) Hay una tendencia en la región a gravar la distribución de dividendos, 2) La región cuenta con condiciones tributarias que en algunos casos son menos beneficiosas que en nuestro país, 3) La competitividad no se ve afectada de manera determinante por las modificaciones tributarias de los países, y 4) El tema tributario no es el único elemento que toman en cuenta las empresas para instalarse en un país, sino, como se reconoce en el mismo artículo de La República, son otros elementos como niveles de escolaridad, infraestructura, seguridad, estabilidad política y corrupción, por ejemplo, los que determinan finalmente las decisiones de localización de una inversión.
Impuestos como IVA y aranceles, mantienen un tratamiento fiscal igual en todos los países de Centroamérica, República Dominicana, Panamá, Colombia y México, lo que garantiza condiciones similares para todos.
Además, tanto Honduras, Panamá, El Salvador y Guatemala, gravan la distribución de los dividendos con tasas entre 5% y 10%. Para Panamá no ha sido un problema la aplicación de este impuesto en términos de competitividad, tal y como lo manifestó su viceministro de Finanzas, Mahesh Khemlani, durante una visita reciente a Costa Rica al asegurar: “Las empresas de zonas francas tenían una utilidad libre de impuestos y se la distribuían libre de impuestos, lo que hicimos fue decir que debían distribuirla dentro del país. Eso fue en la reforma del 2010, para el 2011, la Zona Libre tuvo el crecimiento más grande de los últimos diez años, con un nivel récord de importaciones y de exportaciones, y seguimos creciendo”.
5. Las ilustraciones incluidas en la publicación del periódico La Republica, sugieren que la búsqueda del equilibrio en los principales indicadores macroeconómicos es un juego de azar sin responsabilidad y seriedad. Además, distorsionan la imagen del señor Ministro de Hacienda.
El Proyecto de Solidaridad Tributaria trata todas las actividades económicas con criterios técnicos y rescata las mejores prácticas internacionales. La labor del Ministerio de Hacienda ha sido muy seria, buscando las mejores opciones para el país, que le permitan desarrollar la progresividad de los impuestos, así como la progresividad del gasto.

Randall García
Viceministro de Hacienda







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