CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PRESENTACIÓN DE TERNAS PARA LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Con ocasión del vencimiento del período de nombramiento de los actuales miembros del Consejo de Administración que representan a la Unión Nacional de Gobiernos Locales, a la Asociación de Carreteras y Caminos de Costa Rica y a la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del sector Empresarial Privado y de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad Ley No. 7798 del 30 de abril de 1998, publicada en el Alcance No. 20 de la Gaceta No. 103 del 29 de mayo de 1998 y el artículo 5 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo No. 27099-MOPT del 12 de junio de 1998:
Se convoca a las citadas Organizaciones para que presenten ante la Secretaría de Actas del Consejo Nacional de Vialidad las ternas correspondientes, dentro de un plazo no mayor de quince días hábiles a partir de la presente publicación.
Se previene a las Organizaciones respectivas que los integrantes de las ternas deben de cumplir necesariamente con los siguientes requisitos:
1. Ser costarricense.
2. Tener Título académico reconocido en cualquiera de las áreas de Ingeniería Civil, Administración, Economía y Finanzas o Derecho Administrativo, con experiencia documentada en Administración pública o privada.
3. Estar incorporado al Colegio respectivo.
4. Contar con 10 años de experiencia en administración de empresas públicas y privadas o en la administración de proyectos de construcción de obras civiles.
5. Poseer reconocida y comprobada honestidad en el cumplimiento de las labores.
Se informa que, una vez trascurrido este período, sin que se haya recibido la terna de alguno de los grupos interesados el Ministro de Obras Públicas y Transportes goza de la potestad para designar a las personas necesarias para integrar el Consejo de Administración.
Efraím Zeledón Leiva
Ministro de Obras Públicas y Trasportes


































