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Trabajadores que vayan a huelga, no recibirán paga, confirma Sala IV

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Sábado 26 octubre, 2019


En la práctica esto se traduciría en menos protestas. Archivo/La República
En la práctica esto se traduciría en menos protestas. Archivo/La República


El rebajo automático del salario para quienes se ausenten del puesto de trabajo es una medida que desincentivaría las protestas antojadizas, según el sector productivo, el cual ve el final del “chantaje y abuso” de los sindicatos a la hora de proteger sus pluses por encima de los intereses nacionales.

La medida fue avalada la noche del viernes por la Sala IV.

Pero, ¿cuáles son las reglas que rodean al proyecto que regularía las huelgas ?

Lea más: Prohibición de huelgas en servicios esenciales y rebajo automático de salario no son ilegales, según Sala IV

El punto central de la iniciativa es que el inicio de la huelga suspende los contratos de trabajo de los empleados que participen en las protestas; consecuentemente, dichos trabajadores no estarán obligados a prestar sus servicios, pero tampoco el patrono debe pagar sus remuneraciones, dijo Pedro Muñoz, diputado de la Unidad Social Cristiana y proponente de la medida.

El rebajo del salario es una alternativa, pues se ejecuta en países de la región como Panamá, Chile y Perú; por tanto, cuenta con el aval de la Organización Internacional del Trabajo.

En segundo lugar, los trabajadores podrían recobrar la paga por los días no laborados, siempre y cuando un Tribunal de Trabajo -en sentencia firme -, determine que los motivos de la huelga son imputables al patrono.

Lea más: Rebajo automático de salario acabaría con las huelgas

En la práctica esto se traduciría en menos protestas, ya que los funcionarios públicos solo irían a la calle cuando sea necesario y no sin tener sustento.

Por otra parte, para los servicios considerados esenciales como la policía, los de salud, los bomberos y el suministro de agua, electricidad o combustible, quedó prohibida cualquier manifestación.

De esta forma, los diputados tienen la vía libre para aprobar el proyecto de ley que fue considerado por los sindicatos, como una amenaza a la libertad de expresión.

Antes de ello, deberán subsanar pequeños vicios en el procedimiento, ya sea eliminando artículos objetados, o bien, remediarlos a través de una comisión. En todo caso, el espíritu de la ley se mantiene intacto.

“UCCAEP espera que este Proyecto de Ley sea aprobado en segundo debate este mismo año, dado la urgencia que tiene el país de regular las huelgas y brindar confianza al sector productivo que genera empleo en Costa Rica”, dijo Gonzalo Delgado, presidente de la UCCAEP

El plan fue impulsado por Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso y el Gobierno de Carlos Alvarado.

“La sentencia de la Sala IV avala la constitucionalidad de todos los aspectos medulares del proyecto sobre Huelgas. Queda claro que el proyecto está apegado a la doctrina de los Derechos Humanos y los criterios de Organización Internacional del Trabajo”, dijo Benavides.


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