De acuerdo con información publicada por el propio Ministerio Hacienda, la nueva herramienta de TRIBU-CR, consiste en un nuevo sistema que permitirá incrementar el cumplimiento tributario mediante el aprovechamiento de las herramientas tecnológicas, que a su vez permitan la automatización de los procesos tributarios centrales, combatiendo la defraudación, la optimización de la eficiencia operativa y la efectividad de la administración tributaria que se deriven en mejoras de los servicios a los contribuyentes.
Si bien es cierto, aún quedan temas abiertos que han sido planteados por los propios contribuyentes, que están pendientes de resolver por parte de las autoridades tributarias, relacionados principalmente con la operación y funcionamiento del sistema; lo cierto del caso es que esta nueva herramienta vino para quedarse, y tal como lo hizo saber la propia administración, uno de los objetivos que se persigue es combatir la defraudación y mejorar los procesos de control fiscal.
En esa línea, ya algunos contribuyentes han recibido notificaciones formales donde se les solicita aclarar inconsistencias entre los créditos fiscales de IVA de las facturas de compra locales e importaciones (DUAs), con los créditos de IVA reportados en la Declaración 150 de Impuesto al Valor Agregado (antes formulario D 104.2).
Este tipo de notificaciones son sin lugar a duda, evidencia de que las autoridades tributarias ya están haciendo uso de la información del nuevo sistema, para establecer mecanismos de control de manera más rápida, alertando a los contribuyentes de inconsistencias que podrían implicar incluso hacer rectificaciones de dichas declaraciones de forma anticipada a un procedimiento formal de fiscalización.
De ahí la importancia que todos los contribuyentes, ahora se preocupen más, por velar que el total de sus ingresos, costos y gastos, respaldados con las facturas y comprobantes electrónicos, sean congruentes con los registros contables y por supuesto con las declaraciones informativas y auto-liquidativas que están presentando al fisco; pues de lo contrario podrían recibir de parte de las autoridades, notificaciones invitando a aclarar cualquier inconsistencia o bien a rectificar sus declaraciones. En caso de hacer caso omiso a dichas notificaciones, el contribuyente se expone a posibles actuaciones de control previa o definitiva por parte de las autoridades tributarias, que comprenda el o los periodos fiscales en los que se presentaron dichas inconsistencias.
El manejo de la contabilidad de las empresas se vuelve un factor clave en el cumplimiento tributario, pues se debe mantener un orden más estricto y detallado de las operaciones que se respaldan con comprobantes electrónicos y su correspondiente asentamiento en los sistemas contables y declaraciones presentadas por el contribuyente.
Deyver Mena, Socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton





































