Cuando el trabajo afecta a la familia: ¿qué dice el Derecho?
¿Qué pasa cuando una persona no cambia de trabajo, pero su trabajo cambia de lugar?
La pregunta puede parecer sencilla. Sin embargo, un traslado a un lugar considerablemente más lejano puede significar más horas de viaje, mayores gastos y menos tiempo disponible para la vida familiar.
Aquí aparece una figura importante del Derecho Laboral: EL IUS VARIANDI.
El ius variandi es la facultad que tiene el patrono para modificar determinadas condiciones en las que se desarrolla la relación laboral. Esta facultad existe, pero no es ilimitada. Su ejercicio debe respetar determinados límites y analizarse según las circunstancias concretas de cada caso.
Por eso, cuando se cambia el lugar de trabajo, no siempre basta con decir: “el salario sigue siendo el mismo”. También importa qué significa realmente ese cambio para la persona trabajadora.
Un traslado puede implicar varias horas adicionales de desplazamiento cada día. Puede aumentar los gastos de transporte y modificar la forma en que una persona organiza su tiempo. Y cuando existen hijos o responsabilidades familiares, esas consecuencias también pueden llegar al hogar.
Ahí es donde el Derecho Laboral se encuentra con el Derecho de Familia.
Desde el Derecho Laboral, debe analizarse si el ejercicio del ius variandi se mantiene dentro de sus límites o si la modificación produce un perjuicio que excede lo razonable.
Desde el Derecho de Familia, la situación puede tener otra dimensión: cómo se mantienen las responsabilidades con los hijos, cómo se organiza el cuidado, cómo se distribuyen las tareas del hogar y qué ocurre cuando una decisión laboral afecta los ingresos o el tiempo disponible para la familia.
Esto no significa que tener hijos o responsabilidades familiares impida al patrono realizar cambios. Tampoco significa que todo traslado sea abusivo. El análisis debe hacerse atendiendo a las circunstancias concretas de cada situación.
Lo importante es entender que el perjuicio laboral no siempre se mide únicamente en dinero.
A veces también se manifiesta en tiempo, distancia, gastos, organización familiar y en la posibilidad real de cumplir con las responsabilidades que una persona tiene fuera de su trabajo.
Por eso, ante una modificación importante de las condiciones laborales, la pregunta no debería ser únicamente si el patrono puede realizarla. También conviene preguntarse qué cambia, cuánto cambia y qué consecuencias produce.
El Derecho Laboral permite analizar los límites del ius variandi. El Derecho de Familia permite comprender otras responsabilidades que pueden verse afectadas por esa decisión.
Ambas áreas no se confunden, pero pueden encontrarse en una misma situación.
No todo perjuicio laboral se mide en el salario. A veces se mide en horas de traslado, gastos adicionales y tiempo que deja de estar disponible para la familia. Y esas consecuencias también merecen ser vistas y analizadas por el Derecho.
Por Jacqueline Álvarez Carbonero
Abogada en Víquez Sancho | Derecho & Psicología
Correo: jacquelinealvarez78@gmail.com