Plazo para presentar declaración del Registro de Accionistas se amplía al 31 de mayo
El Ministerio de Hacienda amplió el plazo para presentar esta declaración hasta el 31 de mayo
El Ministerio de Hacienda amplió el plazo para presentar esta declaración hasta el 31 de mayo.
Para cumplir con esta obligación no hay diferencias entre las sociedades activas y las inactivas, y no presentarla conlleva una sanción económica, es el recordatorio que hace el Colegio de Contadores Públicos.
Lea más: ¿Tiene dudas sobre el Registro de Accionistas? Colegio de Contadores Públicos se las aclara
“Es importante no esperar al último día para efectuar el trámite y se recuerda que el Banco Central de Costa Rica es el ente encargado de administrar esta información, garantizando la confidencialidad necesaria, además está autorizado a compartir la información con el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD)”, dijo Guillermo Smith, presidente de los Contadores Públicos Costa Rica.
Las personas jurídicas que deben suministrar esta información están descritas en los artículos 5 y 6 de la Ley 9416; sin embargo, también deben presentarla en el sistema de la Administración Tributaria RTBF las siguientes personas jurídicas inscritas en el Registro Nacional con plazo social vigente:
-3-101 Sociedades Anónimas
-3-102 Sociedades de Responsabilidad Limitada
-3-104 Sociedades en Nombre Colectivo
-3-103 Sociedades en Comandita
-3-012 Sociedades Extranjeras con cédula jurídica nacional
-3-105 Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada
-3-106 Sociedades Civiles
-3-108 Sociedades Profesionales
“Si una sociedad ya presentó la declaración del registro de accionistas en el 2020 o el 2021, el sistema automáticamente le llenará los espacios de la declaración. En estos casos es importante revisar los datos que el sistema registra para confirmarlos o actualizarlos”, añadió Smith.