Gerardo Corrales
Economista
Hace aproximadamente un año, La República me consultó sobre cuál podría ser un tipo de cambio neutro o de equilibrio que no perjudicara a exportadores o importadores. Les dijeque ese cálculo es muy complicado y teórico, pues depende de muchas fuerzas de oferta y demanda, pero ante la insistencia del periodista le dije que en la práctica, cuando el tipo de cambio estuvo cerca de ₡600 a ₡620 colones por $, nadie se refería al tipo de cambio, pero cuando se acercó a ₡700 los importadores empezaron a quejarse y ahora que está cerca de ₡500 son los exportadores, el turismo y el sector productivo los afectados. Cuál sería mi sorpresa que al día siguiente Andrés Pozuelo en su muro de Facebook puso este comentario literal: “No hay nada más odioso que un seudoexperto que crea saber cuál es el punto de equilibrio del precio de algo. Corrales es un bateador y un farsante completo”.
Mis padres me enseñaron que lo que más se defiende en esta vida es el honor y la reputación, por lo cual procedí a presentar una querella privada contra Andrés Pozuelo, haciendo alusión a un delito de difamación de mi persona, según el artículo 146 de nuestro Código Penal que literalmente establece:
“Difamación. ARTÍCULO 146. Será reprimido con veinte a sesenta días multa al que deshonrare a otro o propalare especies idóneas para afectar su reputación”.
Y con la ayuda del abogado penalista Federico Campos y mis dos testigos, Marco Vinicio Ruiz y Alfredo Volio, mientras que Pozuelo presentó como testigos a Juan Muñoz Giró, José Joaquín Fernández y Juan Ricardo Fernández, quienes llegaron a presentar argumentos de la escuela Austriaca. Incluso José Joaquín, en un artículo, se dejó decir que uno de los portillos que limita la libertad de expresión es considerar como delito a la injuria, calumnia y difamación; mientras que Juan Ricardo escribió en La República que la libertad de expresión es como el fútbol, quien se mete debe estar dispuesto a tolerar las patadas. También Pozuelo escribió: “Muchos filósofos han dicho que el principio de libertad de expresión conlleva de manera implícita una licencia para ofender al otro”.
Para mi fortuna y reforzando nuestro ordenamiento jurídico, el día de hoy el Tribunal respectivo nos dio la razón y condenó al Sr. Pozuelo tanto a días multa, a la acción civil resarcitoria para una fundación sin fines de lucro, a pagar las costas, a borrar de su Facebook los comentarios ofensivos a mi persona y a publicar en La Nación una disculpa expresa. Para mí hoy es un día histórico, pues se está haciendo deporte nacional atacar, ofender, descalificar a las personas (falacias ad hominem) en lugar de confrontar los argumentos de fondo. Se dejó claro también el artículo constitucional que en nuestro país existe la libertad de expresión, pero quien la use debe hacerse responsable por los abusos que haga de ella.
Me siento complacido con esta resolución de nuestro ordenamiento jurídico, dado que se establece jurisprudencia contra el abuso de las redes sociales para denigrar y atacar el honor de las personas.




































