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Miércoles, 11 de diciembre de 2024



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Tema divide a guías turísticos y negocios dedicados a este sector

Empresas de turismo de aventura tendrían tres meses para contar con personal certificado

Gobierno emitió nueva prórroga para aplicación de reglamento

Allan Madriz allanmadriz.asesor@larepublica.net | Lunes 27 junio, 2022


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Nueva prórroga de tres meses en aplicación de reglamento que regula actividades de turismo de aventura fue emitida por el gobierno. Shutterstock / La República.


Las empresas de turismo de aventura tendrían un plazo de tres meses para contar con personal capacitado en actividades específicas y acreditado por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), debido a un decreto emitido por el gobierno el pasado 16 de junio, que establece un nuevo transitorio a la aplicación del reglamento para actividades de este sector.

Se trata del "Reglamento para la Operación de Actividades de Turismo de Aventura" que desde 2016 ha sufrido una serie de prórrogas con la intención de que el personal de estas empresas, que cuente con la declaratoria turística del ICT, se pudiera certificar y estar en regla.

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Senderismo, tours a caballo, parapente, rafting, kayak, canopy, rapel y uso de cuadraciclos son parte de las actividades que se incluyen dentro de la nominación de turismo de aventura.

Las razones que dan algunas empresas de no haber certificado su personal en estos seis años no son válidas, de acuerdo con Luis Diego Madrigal, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Guías de Turismo de Costa Rica (Fenaguitur), quien pide a las compañías y turistas utilizar guías certificados.

“La razón por la que ellos están reclamando es bajo la excusa de no tengo tiempo, no pude mandar a los promotores a certificar, el INA no me atendió, han pasado seis años sin cumplir un reglamento; hay tres mil familias de guías que se han certificado, que han estudiado, que no se están utilizando porque les dan espacio a promotores de turismo no acreditados”, dijo Madrigal.

Por otro lado, a pesar del esfuerzo del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) para capacitar a personal en actividades de aventura, los cupos no se llenan debido a la falta de interés, de acuerdo con Lucía Sánchez, presidenta de la Asociación Costarricense de Guías de Turismo (Acoguitur).

“No queremos una prórroga más, queremos que las cosas se vayan haciendo de la mejor forma, hemos propuesto poder ayudarle a esos tour operadores en el proceso de la capacitación a sus colaboradores; el reglamento no está menospreciando a nadie, sino que está diciendo, usted que ya realiza la actividad turística de aventura con ese conocimiento que ya tiene, ahora lo que necesitamos es que lo demuestre obteniendo una credencial que lo certifica”, dijo Sánchez.

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La contraparte de esta posición es la de un grupo de negocios de actividades turísticas de aventura, que aseguran que el personal con el que cuentan tiene años de experiencia desarrollando la labor, por lo cual la aplicación del reglamento generaría una gran cantidad de personas desempleadas, así como un faltante de guías certificados en el área de aventura.

En este sentido, con el objetivo de no exigir una obligatoriedad del requisito de certificación, el exdiputado Otto Guevara, quien respalda esta posición, pide que se derogue el reglamento del 2016 o que sea modificado.

“Las certificaciones tienen que ser voluntarias, si usted tiene tantas horas de experiencia vaya y certifíquese de manera voluntaria, si la empresa considera que sus guías deben de conocer de legislación ambiental o atención al cliente, que sean cursos que no requieran una obligatoriedad, para que la persona se pueda dedicar a la actividad económica”, dijo Guevara.

En tanto, la Cámara Nacional de Turismo (Canatur) indicó que respetaba la decisión del gobierno sobre el nuevo transitorio y que siempre ha abogado porque las empresas de turismo de aventura sean negocios formales y legales, ajustados a todas las regulaciones del Estado.

“La Cámara se ha puesto a las órdenes de la administración para colaborar en la construcción de una solución definitiva para todas las personas que viven de esta actividad y las que en el futuro decidan dedicarse a ella; esperamos alcanzar una solución equilibrada que permita garantizar la seguridad a las empresas y turistas en cada una de las actividades de aventura, sin poner en riesgo los empleos de estas personas”, dijo Shirley Calvo, directora ejecutiva de Canatur.

La elaboración de un nuevo reglamento para regular estas actividades turísticas de aventura es lo que estarían impulsando varias empresas y cámaras, con la intención de encontrar una solución que beneficie a todas las partes y garantice la seguridad a los usuarios de los servicios.

Por su parte, buscar la seguridad de los turistas y asegurar la operación de las empresas de turismo es la posición del ICT, por lo que coordinarán con todas las instituciones involucradas las acciones necesarias para encontrar la solución definitiva.


Reglamento para la Operación de Actividades de Turismo de Aventura


Artículo 12 sobre Guía Calificados

  • Para desarrollar cualquier actividad de turismo aventura el prestador turístico debe contar con la intervención de guías capacitados y calificados para cada actividad específica que se realiza, los cuales deben tener la debida licencia otorgada por el Instituto Costarricense de Turismo en la categoría respectiva, de conformidad al Decreto Nº31030-MEIC-TUR del 17 de enero del 2003, "Reglamento de los guías de turismo" y sus reformas.


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