¡A gobernar, carajo!
Quien asume el poder para gobernar en democracia debe hacerlo con los instrumentos existentes al momento en el país, con lo dotados por l...
Quien asume el poder para gobernar en democracia debe hacerlo con los instrumentos existentes al momento en el país, con lo dotados por la ley, debe estudiarlos y conocerlos antes de proponer su nombre como una alternativa electoral, es su obligada responsabilidad.
Todos los cambios que imaginen para mejorar la función pública han de ser propuestos y aprobados por las instancias pertinentes y en su mayoría serán para disfrute de quienes luego le sucedan en el poder. Se debe gobernar con lo que existe y “dejar de llorar” por los problemas heredados y por la supuesta ingobernabilidad, que en muchas ocasiones es incapacidad solapada.
Ningún ministerio —menos el de la Presidencia— está para “acompañar”, como por ahí dijo una Viceministra, están para liderar. La Ley General de la Administración Pública (Abril 1978) establece las atribuciones del Presidente de la República y de los ministros. Hay que estudiarla.
¿Quién es el piloto? El Presidente, así lo establece esta ley (Art.26, Inciso b), cuando le obliga a “dirigir y coordinar las tareas de Gobierno y de la Administración Pública Central en su conjunto y hacer lo propio con la Administración Pública descentralizada”, entiéndase esta última como las instituciones autónomas.
¿Quién es el copiloto? El ministro es el órgano jerárquico (Art. 27) superior del respectivo ministerio, sin perjuicio del Presidente de la República, su función esencial es política, de liderazgo; y en buena medida se le libera de las acciones administrativas que se le asignan por ley a los viceministros.
El Presidente es el responsable directo ante el pueblo de la gestión desarrollada por su Gabinete. Las instituciones autónomas —con la excepción de la CCSS, las universidades estatales y las municipalidades— tienen autonomía administrativa pero están sujetas en lo político (Art.188 Constitución Política) al Presidente y al Ministro del ramo respectivo en sustento de prioridades políticas nacionales definidas.
El actual gabinete funciona en constantes y permanentes contradicciones entre sus ministros, y de estos con los presidentes ejecutivos, dando con frecuencia la idea de ser un archipiélago de islas incomunicadas y distantes. Pero ni siquiera con las distancias de Bahamas o de Hawái; más se asemejan por dificultades de comunicación a las islas de la Polinesia. Parecen pequeños estados dentro del Estado.
Los ministros han de tener capacidades para negociar, convencer, supeditar y circunscribir en su sector, tanto en espacio de la administración pública como en el sector privado, para lograr una verdadera colaboración y guía con sus prioridades de políticas nacionales. La ley mencionada establece el rol político de los ministros en forma concreta, clara y definida en estrecha relación con las disposiciones del Presidente de la República.
Es obligada la congruencia que debe darse a nivel de la dirección superior del Gobierno Central. La mal interpretada democracia participativa no puede ser la justificación de la inoperancia, el desorden, la falta de carácter y la mala disposición a tomar decisiones y dar dirección. Bien dijo J.F. Kennedy al afirmar que “gobernar es decidir”, que se complementa con la vieja premisa de Confucio de que “gobernar es rectificar”. ¿Pero cómo carajos gobernar si no nos hemos preparado?
Claudio Alpízar Otoya
Politólogo