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Viernes, 19 de abril de 2024



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Entrevista especial con José Valerio, Gerente Jurídico de ManpowerGroup

“Profesionales independientes siguen desconociendo sus obligaciones”

Cerca del 56% no está asegurado ante la Caja del Seguro Social

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Viernes 21 junio, 2019


José Valerio, apretón de manos, trabajador
Profesionales independientes no tienen derecho a un plazo de vacaciones o aguinaldo, recuerda José Valerio, de Manpower. Cortesía/La República


Muchos trabajadores independientes podrían infringir la ley no porque lo deseen, sino porque desconocen las obligaciones que deben cumplir, según José Valerio, gerente jurídico de ManpowerGroup en la región.

¿Cuáles son las principales obligaciones del trabajador independiente?

Yo diría que una de las principales es inscribirse ante la Caja del Seguro Social.

También, cuando prestamos un servicio, antes de firmar un contrato, primero hay que revisar qué labor voy a realizar, porque según la que sea, es posible que se deba estar incorporado a un colegio profesional; por ejemplo, los que se desempeñan en la materia de derecho.

Asimismo, es importante dejar claro que no se percibe un salario, sino honorarios, entonces la empresa tiene que recibir una factura; por lo tanto, debe estar inscrito al Régimen Contributivo de Hacienda.

Lea más: ¿Es profesional independiente? Prepárese para declararle a Hacienda sus ingresos cada mes



A pesar de eso, un 56% no está asegurado ante la Caja según el INEC, ¿a qué cree que se adjudica eso?

Podemos hablar de que sucede por la tramitología o desconocimiento, esto quiere decir que creen erróneamente que al no estar en una nómina, no tienen esas obligaciones.

Los números son alarmantes porque los porcentajes son bastante altos, demostrando que los profesionales independientes siguen desconociendo sus obligaciones.

Lea más: ¿Tiene dudas legales sobre ser profesional independiente? Considere los siguientes aspectos

Un 46% de los que prestan servicios profesionales trabajan 40 o más horas a la semana, ¿ocurre eso también por falta de conocimiento que no se les puede imponer un horario?

No me atrevería a decir si es a propósito o no, pero es cierto que ocurre mucho en la práctica.

En servicios profesionales no existe una jornada, se compromete a realizar un trabajo en una fecha de entrega, el cómo distribuya ese tiempo es su obligación; al final, lo que importa y tiene que hacer es cumplir con lo solicitado.

Hay un elemento determinante que es la subordinación, cuando esta existe, hay una relación laboral.

Si me contratan por servicios profesionales, y me dicen que tengo que estar acá de 8 a.m. a 5 p.m., ya se establece un vínculo de subordinación laboral.



¿Quién es?


Nombre José Valerio
Cargo Gerente Jurídico para el Caribe y Centroamérica de ManpowerGroup

Experiencia

  • Miembro de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio
  • Jefe Área Legal y Judicial de Banco Promerica

Formación

  • Licenciado en Derecho y Notariado Público, Universidad Latina
  • Técnico en Gestión de Cobro, Universidad de Costa Rica




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