¿Trabaja en el sector agropecuario? Conozca cómo le aplica la restricción vehicular temporal
Se han considerado una serie de excepciones a las medidas de tránsito vehicular que regirán de hoy y hasta el domingo 12 de abril
Debido al importante rol del sector agropecuario en la cadena de suministro de alimentos, ha procurado impactar lo menos posible esta actividad por las restricciones vehiculares y cierre de establecimientos emitidos para el control de la pandemia por Coronavirus, es que el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) aclara a las personas productoras cómo les aplica la restricción. {link1}
Por lo que se han considerado una serie de excepciones a las medidas de tránsito vehicular que regirán de hoy y hasta el domingo 12 de abril, entre las que destacan:
En los últimos dos casos se recomienda que porten ya sea copia del Certificado Veterinario de Operación (CVO) emitido por el Senasa; del certificado Pympa o del Registro de Productor Agropecuario, copia de cualquier otro certificado o permiso otorgado por alguna de las Instituciones del sector agroalimentario, o en su defecto, una constancia emitida por el patrono, en la que se indiquen los datos del trabajador, así como la ruta y el horario de trabajo. También podrá presentar el carné de la Junta Nacional de Ferias.
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Los documentos pueden presentarse de manera física o digital, a las autoridades de Tránsito o Seguridad que lo requieran para verificación.
De igual manera, el MAG reitera el llamado a que las personas productoras limiten la movilización a las situaciones estrictamente relacionadas con la producción y así minimizar riesgo de contagio.