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Pague hoy, reclame algún día

Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Miércoles 03 agosto, 2016


Pague hoy, reclame algún día

El Ministerio de Hacienda impulsó un proyecto que se convirtió en ley de la República, que básicamente permite que con solo el dicho de los funcionarios de Hacienda, puedan cobrar cualquier suma que quieran y si no se les paga en 30 días, empiezan a tomar medidas de embargo de cuentas bancarias, lotes, vehículos o cualquier otro activo del contribuyente que cubra la “supuesta” falta de pago de impuestos.

¿Y el juez que verifica que el cobro sea correcto y que autoriza dichas medidas que literalmente puede quebrar a una empresa?

No, no hay ningún juez que intervenga. Con solo la opinión de Tributación de que se debe alguna suma la maquinaria se echa a andar. Si tuviéramos una robusta y bien formada Administración Tributaria, cuyos criterios son casi infalibles y que solo por excepción se equivoca puede que tuviera sentido. Pero eso no es así. Basta ver la gran cantidad de casos que se apelan al Tribunal Fiscal Administrativo, del Tribunal Contencioso Administrativo e incluso de la Corte Suprema de Justicia en los que se le da la razón al contribuyente.

¿Qué habría pasado si en todos esos cientos o incluso miles de casos Tributación hubiera podido exigir ese cobro que luego se determina como ilegal?

Posiblemente muchas empresas ya no existirían, o las habrían perjudicado gravemente en sus posibilidades de financiamiento o recursos disponibles para continuar su actividad económica.

Pero las que sí hubieran sobrevivido, luego tendrían derecho no solo a que les devuelva todo el dinero ilegalmente cobrado, sino también los intereses de ley, más daños y perjuicios si las medidas dieron al traste con la situación de la empresa … todo gentilmente financiado por los… ¡Contribuyentes!

Ese dinero tardaría varios años en recuperarse y después del perjuicio que se le causó primero al contribuyente y luego al Estado (es decir nuevamente a los contribuyentes que pagamos la factura sin siquiera darnos cuenta), los funcionarios responsables de todos esos daños seguirán tomándose su café a las 10 a.m. en la oficina como si nada hubiera pasado, a pesar de que la Ley General de Administración Pública establece un elenco de sanciones para los funcionarios que incurrieron en ese tipo de arbitrariedades.

Si me equivoco, me gustaría ver cuántos procesos administrativos de despido o cobro se han hecho contra los funcionarios en todos estos casos ganados judicialmente por los contribuyentes. ¿Y por qué Hacienda impulsó esta modificación?

¿Porque dicen que si no, se tarda mucho tiempo en cobrar. Y por qué se tarda tanto en cobrar?

Pues precisamente porque el Tribunal Fiscal Administrativo, que es el órgano que revisa en primera instancia los ajustes de impuestos hechos por Tributación, tarda muchos años en resolver los casos. Pero resulta que ese Tribunal está adscrito al propio Ministerio de Hacienda.

En otras palabras, su propia ineficiencia hace que tarden años en cobrar y la solución mágica es que puedan cobrar la suma que se les antoje sin necesidad de jueces o tribunales que verifiquen sus actuaciones.


Si luego se equivocaron no importa, porque somos los contribuyentes los que apechugamos con todo el costo económico.

Esto además, aumentará la litigiosidad tributaria, porque al contribuyente que ya haya tenido que pagar, tendrá muy poco que perder y mucho que ganar en ir a un Tribunal Judicial.

El Tribunal Fiscal Administrativo no tendrá ningún atractivo. ¿Y qué pide el sector privado?

En realidad no mucho, solo seguir con lo que teníamos antes, es decir, que al menos haya un juez que verifique de previo medidas de tan altísimo impacto.


Tributación se ha convertido en el “Gran Hermano”, que todo lo ve, que todo lo toca, pero que nunca es vista ni tocada.

Los malos inexorablemente siempre somos los que pagamos los salarios de los funcionarios públicos. Siempre somos los contribuyentes los culpables. Esta modificación legal está ahora en revisión por parte de la Sala Constitucional.

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