“Delitos de cuello blanco” serían causa de extradición
“Nacionalidad costarricense no debe convertirse en un mecanismo de impunidad frente a delitos de extrema gravedad”, según diputada Kattya Mora
De prosperar una nueva reforma a la Constitución Política, los delitos de cuello blanco serán considerados una causa suficiente para expulsar a un costarricense del territorio nacional para que enfrente la justicia.
Se trata de crímenes no violentos y de carácter económico como, por ejemplo, la legitimación de capitales (lavado de dinero) y la asociación ilícita, además de la dirección, integración y pertenencia a grupos de la criminalidad organizada transnacional.
Asimismo, se contemplan los delitos informáticos y conexos cuando tienen relación con grupos extranjeros.
En síntesis, son actos cometidos por una persona supuestamente respetable y de alto estatus social durante el ejercicio de su profesión u ocupación.
“La reforma parte de una premisa clara: la nacionalidad costarricense no debe convertirse en un mecanismo de impunidad frente a delitos de extrema gravedad cometidos en el marco de estructuras criminales transnacionales”, explicó la diputada Kattya Mora, de Pueblo Soberano.
Hoy día, la extradición de un costarricense solo se permite cuando la persona está acusada en otro país por tráfico internacional de drogas o terrorismo, tal y como sucedió con el exmagistrado Celso Gamboa y Edwin López, conocido como “Pecho de Rata”.
La legisladora presentó la propuesta de reforma a la Constitución, en un contexto en donde Costa Rica vive un baño de sangre por la guerra entre bandas narcotraficantes por territorio.
En ese sentido, de mantenerse el ritmo de homicidios diarios de la primera parte del año, el país registraría 726 asesinatos al finalizar este período.
Se trata de 147 casos menos en comparación con el año pasado, cuando se registraron 873, de acuerdo con el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
Pese a ello, la seguridad sigue siendo la principal preocupación de los costarricenses, a la vez que los medios de comunicación siguen reportando violentos asesinatos.
No obstante, la reforma planteada por Mora no se queda ahí, ya que también incluye otros delitos graves que habilitarían la extradición.
La reforma incluye la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos o materiales de uso restringido, el tráfico ilícito de órganos, tejidos o células humanas, y también delitos relacionados con los homicidios y el sicariato vinculados a estructuras de la criminalidad organizada transnacional.
“Desde el punto de vista constitucional, la propuesta responde a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Persigue un fin constitucionalmente legítimo: proteger la seguridad nacional, fortalecer la cooperación judicial internacional y combatir la impunidad frente a delitos graves. Es idónea, porque permite que personas vinculadas con criminalidad organizada transnacional no utilicen las fronteras o la nacionalidad como escudo frente a la justicia. Es necesaria, porque los mecanismos tradicionales de persecución penal resultan insuficientes frente a estructuras que operan simultáneamente en varias jurisdicciones. Y es proporcional, porque mantiene una aplicación excepcional, limitada a delitos expresamente definidos, bajo control judicial y con pleno respeto de las garantías fundamentales”, dijo Mora.
La reforma al artículo 32 de la Constitución Política amplia los delitos por los cuales un costarricense podrá ser extraditado a otro país para que enfrente la justicia.
La idea, es que los criminales de cuello blanco también paguen por sus fechorías.
Estos serían los delitos contemplados: