“Debate de eurobonos debe centrarse en mecanismos de control y no solo en el monto”: Vidal Villalobos de Prival
Colocación de $13.500 millones reduciría la presión sobre el mercado interno liberando más acceso al crédito para sector privado
La eventual autorización de $13.500 millones en eurobonos durante un período de nueve años ha reabierto el debate sobre el equilibrio entre la flexibilidad financiera del Gobierno y los mecanismos de control que deben acompañar a todo endeudamiento público.
Vidal Villalobos, asesor financiero de Grupo Financiero Prival, explica las ventajas y desafíos que implica otorgar al Gobierno un margen amplio para emitir deuda externa.
El experto sostiene que el verdadero debate no debe centrarse únicamente en el monto autorizado, sino en la necesidad de establecer controles, transparencia y rendición de cuentas que permitan combinar la eficiencia financiera con una adecuada supervisión institucional.
Los eurobonos permitirían al gobierno cambiar deuda cara emitida en el país, con financiamiento externo bajo mejores condiciones, lo cual, también ayudará a que en el Costa Rica haya crédito más barato.
¿Qué riesgos implica autorizar $13.500 millones en eurobonos para un período de nueve años, en comparación con plazos más cortos como se ha hecho en el pasado?
El monto que se podría autorizar abarcaría al menos a tres gobiernos diferentes. Anteriormente se estableció un mecanismo de supervisión política periódica sobre la estrategia de endeudamiento externo. Esta estrategia permite valorar las condiciones de mercado, el desempeño fiscal del país y del gobierno antes de realizar nuevas emisiones. Un plazo de nueve años limita esta opción.
También, las condiciones financieras internacionales cambian frecuentemente y, para un período de nueve años, es difícil poder preverlas. La autorización del proyecto no debe obligar al gobierno a emitir toda la deuda, sino que esto debe ser un techo con evaluaciones periódicas por parte de la Asamblea Legislativa.
¿Qué ventajas podría tener, desde el punto de vista de planificación financiera, otorgar un plazo tan extenso al Poder Ejecutivo?
Para el gobierno se pueden puntualizar varias ventajas.
La primera es la flexibilidad para aprovechar ventanas favorables en los mercados internacionales, ya que en lugar de depender de las autorizaciones de la Asamblea Legislativa, el Ministerio de Hacienda podría emitir cuando las tasas internacionales sean más atractivas.
También facilita una mejor gestión del perfil de vencimientos de la deuda, permitiendo refinanciar obligaciones en condiciones potencialmente más favorables y reducir el riesgo de concentración de pagos en determinados años.
Además, proporciona mayor previsibilidad para la programación financiera del Gobierno y puede transmitir una señal de continuidad en la estrategia de financiamiento hacia los inversionistas internacionales. Este último tema también será bien visto por las calificadoras de riesgo.
¿Cuáles serían las consecuencias positivas y negativas de la colocación?
Como consecuencias positivas, podemos citar:
Por su parte, como consecuencias negativas tenemos:
¿Es razonable que una sola administración pueda comprometer las decisiones de financiamiento de gobiernos que asumirán en 2030 y 2034?
Es cierto que la administración de la deuda pública requiere una visión de largo plazo, ya que los bonos emitidos hoy normalmente tienen vencimientos de entre 10 y 30 años.
Sin embargo, una autorización legislativa de nueve años implica que futuras administraciones dispondrían de un margen de acción previamente aprobado sin necesidad de regresar al Congreso.
Por ello, el debate no debería centrarse únicamente en el monto autorizado, sino en los mecanismos de control y rendición de cuentas que acompañen esa autorización.
En otras palabras, es posible justificar un horizonte amplio siempre que existan suficientes controles institucionales, sin que estos se transformen en grilletes políticos.
¿Qué tipo de controles debería incluir un proyecto de este tipo?
Desde una perspectiva fiscal sería recomendable incorporar varios mecanismos de control:
• Informes semestrales o trimestrales a la Asamblea Legislativa sobre cada colocación realizada.
• Publicación de los costos financieros efectivos de cada emisión.
• Justificación técnica de la conveniencia de emitir externamente frente al financiamiento interno.
• Límites sobre el destino de los recursos, privilegiando el refinanciamiento de deuda existente y evitando financiar gasto corriente adicional.
• Mantenimiento del cumplimiento de la regla fiscal y de los objetivos de sostenibilidad de la deuda.
• Transparencia sobre las condiciones financieras obtenidas en cada emisión.
• Posibilidad de revisión legislativa si ocurrieran cambios extraordinarios en el entorno económico o fiscal.
Estos mecanismos permitirían combinar flexibilidad operativa con adecuados niveles de control democrático.