Perfil Empresarial Seguros
Clientes del INS solo tendrán que ir una vez a un juzgado para conciliar en accidentes de tránsito
Trámite de conciliación se habilita en tan solo tres días hábiles
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Martes 02 agosto, 2022
De ahora en adelante, los asegurados del INS podrán conciliar de una manera más ágil en caso de un accidente de tránsito.
La única condición es que solo haya daños materiales y por supuesto, que los involucrados deseen conciliar.
Lea más: INS lanza campaña hacia una movilidad segura, innovadora y sostenible
Y es que el INS habilitará el proceso de conciliación en tan solo tres días hábiles después del evento, lo que implica una reducción sustancial de siete días hábiles.
Por otra parte, los interesados solo tendrán que presentarse al juzgado para hacer efectivo su seguro y no será necesario que acudan a las oficinas del INS, acabando de una vez por todas con la pesadilla burocrática que implica conciliar.
Esto, porque se habilitó un sistema digital junto al Poder Judicial, para hacer el trámite en línea.
Antes de estos cambios, el asegurado debía acudir hasta en tres ocasiones al Juzgado de Tránsito y también hasta en tres ocasiones al INS.
El convenio se venía trabajando meses atrás y se implementó recientemente.
Las ventajas aplican para las personas que cuentan con una póliza voluntaria de automóviles del INS.
“Esta alianza agiliza el proceso conciliatorio por daños a la propiedad de terceros, le ahorra tiempo al cliente al flexibilizar el proceso indemnizatorio mediante el uso de un sistema digital que gestiona de forma eficiente las solicitudes de conciliación presentadas en sede judicial por daños materiales, reduciendo las visitas de los Asegurados al Juzgado y al INS”, dijo Grace Segura, jefa de la Dirección de Seguros de Automóviles del INS.
Otro beneficio que brinda valor agregado es que la persona asegurada podrá presentar desde el Juzgado de Tránsito, la solicitud de modificación del factor de experiencia del asegurado para que no afecte la bonificación en el pago de la prima del seguro, sin tener que visitar posteriormente una sede del INS para realizar la modificación, lo anterior una vez que existe sentencia firme que lo absuelva por no ser responsable del evento y en el mismo proceso se condene a un tercero como responsable civil, indicó la institución.
PERFIL
Nombre Instituto Nacional de Seguros
Presidenta ejecutiva Mónica Araya
Fundación 1924
Sitio web www.ins-cr.com