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A la caza de borrachos y temerarios

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Lunes 15 diciembre, 2008




Conductores que no porten licencia por olvidadizos también recibirán fuerte castigo
A la caza de borrachos y temerarios

• Circular con un vehículo sin revisión técnica equivaldrá a una multa de ¢113 mil

Eduardo Baldares
ebaldares@larepublica.net

La nueva Ley de Tránsito será particularmente severa con los conductores ebrios y con quienes realizan maniobras temerarias, como se deja ver tanto en las multas como en el esquema de puntos que se implementará.
En el momento de expedirse una licencia, se le asignará a cada conductor un total de 50 puntos, con el fin de establecer, en lo sucesivo, un mecanismo de control de su desempeño. De acuerdo con la infracción que cometa, se le irán restando, y perderlos todos significará quedarse sin permiso para manejar.
“Las más recurrentes son no portar documentos del carro o licencia, licencia vencida, irrespeto a la demarcación vial y transgresiones a la velocidad permitida”, resumió German Marín, director de la Policía de Tránsito.
A continuación un listado de algunas de las acciones más penalizadas en esta nueva Ley.


¢227 mil
Si maneja borracho, pierde la licencia por dos años y los 50 puntos. La multa también corre para infracciones como manejar sin licencia, intento de soborno, llevar niños menores de 12 años sin silla especial. A camiones mal estacionados y “piratas” se les restan 25 puntos.

¢169.500
Con esta suma se penalizará a quienes se salten señales de alto, hablen por celular mientras manejan sin el dispositivo de manos libres, así como dar la vuelta en “U”, entre otras conductas temerarias. En los dos primeros casos se sancionará con 20 puntos menos; en el tercero, con diez.

¢113 mil
A quien conduzca sin haber cumplido el requerimiento de la revisión técnica se le multará con esta suma; también a quienes rayen en zona prohibida o rebasen por la derecha en calles de un solo carril. Asimismo se sancionará a quienes modifiquen carros sin permiso o circulen sin placas.

¢90.800
Rige para quienes lleven exceso de pasajeros, anden vehículos con parabrisas obstruidos en su visibilidad. También para los motociclistas sin chaleco reflectivo, los taxistas “malhumorados” que se enojan o simplemente no andan la “maría”, los que dañen señales de tránsito, etcétera.

¢68.100
Se sancionará con este monto a quien conduzca un vehículo con la licencia de conducir vencida, o bien se le haya olvidado llevarla consigo. También deberá pagar quien conduzca un carro sin las placas reglamentarias debidamente colocadas en los sitios dispuestos para tal efecto.

¢45.400
Al conductor, al ayudante o al cobrador de los vehículos de transporte público, que maltrate de palabra o de hecho a los usuarios. También será multado con esta cantidad el peatón que transite o cruce las vías en contravención de lo dispuesto en el artículo 106 de esta Ley.

¢22.700
Serán penalizados los conductores de vehículos con altoparlantes que anden haciendo bulla; también quienes utilicen sirenas o señales rotativas luminosas sin cumplir con las disposiciones de rigor, y a los conductores que evadan el pago de peaje, entre otras infracciones.






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