6 recomendaciones si planea contratar personal para temporada alta de fin de año
El principal error de los patronos es contratar a personas por tiempo determinado sin tener una razón de peso que se los permita
La temporada navideña trae consigo un auge en las compras y celebraciones lo que conlleva a una mayor demanda de trabajadores temporales en los comercios, sin embargo, hay consideraciones que debe tomar en cuenta antes de hacer este tipo de contrataciones.
El contrato a tiempo determinado es una medida excepcional, según lo establece el Código de Trabajo y solo debe utilizarse cuando la naturaleza del servicio lo requiera; si persisten las causas que lo originaron, debe considerarse un contrato por tiempo indefinido en beneficio del trabajador.
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En este sentido, el error más común de los empleadores es la falta de una razón excepcional para la contratación temporal.
Además, estos contratos no deben superar un año, a menos que se requiera una preparación técnica especial.
“Existe una práctica ilegal patronal, que consiste en la suscripción de varios contratos a tiempo determinado consecutivos, los cuales, en conjunto, superan los plazos indicados supra. Esto se realiza con el ánimo de evadir responsabilidades legales como liquidaciones laborales; o bien, utilizar el cumplimiento de un plazo contractual como razón objetiva para dar por terminado un contrato de trabajo de una mujer embarazada, por ejemplo, sin incurrir en despido discriminatorio”, dijo Ricardo Nassar, especialista de Baker Tilly Costa Rica.
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Para llevar a cabo contrataciones temporales de manera correcta y garantizar un equilibrio entre las necesidades del empleador y los derechos del trabajador, tome en cuenta lo siguiente:
Nombre Baker Tilly
Enfoque Consultora en temas fiscales, contables y financieros
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Teléfono 4000-0354
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