Una reciente publicación en un medio de comunicación informa sobre una gestión judicial que pretende prohibir temporalmente la extracción dirigida o incidental de ocho especies o grupos de tiburones en el Área Marina de Manejo del Bicentenario (AMMB), alrededor del Parque Nacional Isla del Coco. Entre los argumentos planteados figuran la ausencia de un Plan de Ordenamiento Pesquero, una interpretación de las directrices de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) según la cual una proporción importante del área debería mantenerse bajo protección absoluta y cuestionamientos sobre la zonificación por profundidad actualmente establecida.
La conservación de los tiburones merece una discusión seria. Precisamente por ello, las restricciones pesqueras también deberían sustentarse en una interpretación rigurosa de la evidencia científica, de la normativa y del riesgo que representa cada pesquería para cada población.
Hay un aspecto que debe reconocerse: completar el instrumento específico de ordenamiento pesquero del AMMB es una tarea pendiente y necesaria. Esa deficiencia debe corregirse. Sin embargo, de la ausencia de ese instrumento no se desprende automáticamente que exista “pesca por la libre” ni que la respuesta científicamente apropiada sea prohibir cualquier captura de especies con biologías, distribuciones, estados poblacionales y vulnerabilidades diferentes.
Uno de los argumentos utilizados es que la denominada regla del 75% de la UICN implicaría mantener esa proporción del área bajo protección absoluta. Esta interpretación requiere una precisión importante. La regla establece que el objetivo principal de manejo correspondiente a la categoría del área protegida debe aplicarse al menos al 75% de su superficie; no establece que necesariamente el 75% deba convertirse en una zona sin extracción.
La diferencia es sustancial. La categoría VI de la UICN contempla expresamente áreas protegidas donde la conservación puede coexistir con el uso sostenible de recursos naturales, siempre que ese uso sea compatible con los objetivos de conservación. La normativa costarricense de las Áreas Marinas de Manejo sigue una lógica similar. Esto no impide establecer zonas de no extracción cuando exista una justificación técnica, pero sí cuestiona que una proporción de cierre pueda derivarse automáticamente de una regla general. La pregunta relevante debería ser otra: ¿qué nivel, distribución espacial y características de la actividad pesquera son compatibles con los objetivos específicos de conservación del AMMB?
Algo similar ocurre con los 500 metros de profundidad. El Plan General de Manejo establece una zonificación vertical que diferencia zonas de uso sostenible y zonas con mayores niveles de protección. Que una zona de uso sostenible abarque la columna de agua entre la superficie y los 500 metros no significa que los palangres operen necesariamente a esa profundidad ni que todos los anzuelos se distribuyan uniformemente en ella.
Sí existe una pregunta científica legítima: si determinadas especies de tiburones utilizan principalmente las capas superiores de la columna de agua, ¿la zonificación actual reduce suficientemente su interacción con las pesquerías? Pero responderla requiere conocer dónde se distribuyen las especies, dónde y cómo opera el esfuerzo pesquero, la profundidad efectiva de los anzuelos, la composición y estructura de tallas de las capturas y la mortalidad asociada. El número “500” por sí solo no responde esas preguntas.
También se ha utilizado un porcentaje cercano al 87% de tiburones en determinados desembarques como evidencia de que la pesquería estaría dirigida principalmente a este grupo. Sin embargo, la información disponible muestra una dinámica más compleja.
Estudios de INCOPESCA y análisis de desembarques de la flota palangrera indican que se trata de una pesquería multiespecífica cuyos objetivos pueden cambiar según la época del año, la flota y la configuración del arte. En entrevistas a capitanes se han identificado como objetivos la pesca mezclada, el atún, el dorado y también los tiburones. El dorado presenta una marcada estacionalidad, con mayor importancia aproximadamente entre noviembre y marzo, mientras que los tiburones se desembarcan durante todo el año, aunque con variaciones mensuales.
Análisis realizados con información de desembarques entre 2013 y 2022 muestran que, para las flotas de mediana y avanzada escala, las categorías comerciales con mayor contribución fueron “Tiburón Total”, atún y dorado. Sin embargo, este resultado requiere una precisión importante: la categoría “Tiburón Total” agrupó varias especies de tiburones, mientras que el criterio estadístico utilizado para identificar categorías objetivo fue una contribución superior al 15% a la similitud de los desembarques. Por tanto, la elevada contribución observada para el conjunto de tiburones no implica necesariamente que cada una de las especies que lo integran hubiese superado individualmente ese umbral. Una desagregación por especie podría modificar sustancialmente el resultado y algunas especies podrían no clasificarse como objetivo bajo el mismo criterio. En consecuencia, el análisis permite afirmar que los tiburones, considerados como grupo, constituyen un componente importante de la pesquería, pero no demuestra por sí solo que una especie particular sea objetivo de pesca.
Pero aquí está precisamente la distinción que debe hacerse. Que exista pesca dirigida hacia tiburones en determinados contextos no significa que un porcentaje elevado observado en un desembarque permita establecer cuánto esfuerzo estuvo dirigido hacia ellos, qué especie era realmente el objetivo, dónde ocurrió la captura o si ese patrón corresponde específicamente al AMMB.
La estrategia de pesca puede cambiar estacionalmente. También pueden cambiar la profundidad de los anzuelos, la carnada, el uso de reinal metálico y otras características del arte dependiendo de las especies buscadas. Por eso, determinar si existe pesca dirigida dentro del AMMB requiere información a nivel de viaje: localización del esfuerzo, configuración del arte, temporada, capturas por especie y patrones de retención.Un porcentaje agregado de desembarque nacional no proporciona por sí solo esa información.
Existe además otro problema al agrupar bajo una única medida tiburón azul, sedoso, punta negra, zorros, martillos, Galápagos, tigre y mako. Estas especies no representan un mismo problema biológico. Difieren en productividad, distribución, comportamiento migratorio, estructura poblacional, susceptibilidad a las pesquerías y disponibilidad de información científica. También están sujetas a diferentes medidas nacionales, regionales e internacionales. Una medida precautoria debería responder, en la medida de lo posible, al riesgo de cada población y a la eficacia esperada de la intervención. De lo contrario, la precaución puede dejar de funcionar como herramienta para manejar incertidumbre y convertirse en sustituto de la evaluación científica.
El principio precautorio es indispensable. La falta de información perfecta nunca debe utilizarse para ignorar riesgos potencialmente importantes. Pero tampoco significa que toda incertidumbre deba resolverse automáticamente mediante la medida más restrictiva disponible. La gestión precautoria trabaja con indicadores, niveles de riesgo, monitoreo y respuestas adaptativas. Si la evidencia muestra deterioro o un riesgo incompatible con los objetivos de conservación, las restricciones deben intensificarse. Si demuestra que determinada actividad puede mantenerse bajo condiciones aceptables, puede regularse, monitorearse y revisarse conforme cambie la información.
Este enfoque es particularmente importante para especies altamente migratorias. Un tiburón no reconoce los límites administrativos de un área protegida. Su mortalidad acumulada puede provenir de diferentes flotas y jurisdicciones a lo largo del Pacífico Oriental. Por ello, una prohibición espacial puede ser una herramienta válida, pero su eficacia debería evaluarse también según cuánto reduce realmente la mortalidad de la población y si genera desplazamiento del esfuerzo pesquero hacia otras zonas.
Nada de esto significa defender el statu quo. El Plan de Ordenamiento Pesquero del AMMB debe concluirse. Debe fortalecerse la cobertura de observadores y monitoreo electrónico, mejorar la información de captura y esfuerzo por especie, ampliar los muestreos biológicos y evaluar espacialmente la interacción entre las flotas y las especies altamente migratorias. También deberían desarrollarse indicadores sobre captura por unidad de esfuerzo, estructura de tallas, proporción de juveniles, distribución espacial y mortalidad, vinculados a respuestas de manejo previamente definidas. Si esos indicadores muestran deterioro, deben activarse medidas progresivamente más restrictivas.
Ese fortalecimiento tampoco parte de cero. En el Consejo Científico Técnico para Especies de Interés Pesquero y Acuícola-CITES (CRAC-CITES) se viene trabajando en mejorar los Dictámenes de Extracción No Perjudicial para tiburones mediante información biológico-pesquera, comercio, trazabilidad, medidas regionales de manejo y análisis de riesgo. Este proceso reconoce precisamente la necesidad de mejorar los indicadores poblacionales, caracterizar mejor las capturas incidentales y dirigidas, incorporar otras fuentes de mortalidad y fortalecer la capacidad de ajustar las decisiones cuando aparezca nueva evidencia. También existe un marco científico regional en la Comisión Interamericana del Atún Tropical para mejorar datos, evaluaciones de riesgo y medidas de mitigación aplicables a tiburones.
Esto no significa que los instrumentos actuales sean suficientes ni que todos los riesgos estén correctamente caracterizados. Significa que existen mecanismos científicos e institucionales que pueden utilizarse para reducir incertidumbres y transformar nueva información en mejores decisiones. Si la evidencia demuestra que determinadas zonas, temporadas, configuraciones del arte o prácticas generan un riesgo incompatible con la conservación, deben restringirse. Pero la intensidad y alcance de esas restricciones deberían guardar relación con el riesgo demostrado y con la eficacia esperada de la medida.
La discusión, por tanto, no debería reducirse a permitir todo o prohibir todo. El verdadero desafío es construir medidas suficientemente precautorias para proteger las poblaciones de tiburones y suficientemente rigurosas para demostrar por qué funcionan. Las restricciones pueden ser necesarias. Pero la ciencia no debería utilizarse únicamente para justificar una decisión previamente adoptada. Debería servir para determinar qué medida es necesaria, sobre qué especie, dónde, durante cuánto tiempo y con qué intensidad.
En conservación, igual que en pesca, una buena intención no sustituye una buena evaluación.
Dr. Helven Naranjo-Madrigal
Científico Pesquero, Investigador Interdisciplinario, Egresado de Programa Postdoctoral, School of Aquatic and Fisheries Science, University of Washington, Seattle, USA / Consultor Lynker-University of Washington / Auditor MSC /Integrante del Consejo Científico Técnico para Especies de Interés Pesquero y Acuícola CITES (CRAC-CITES) helvenn@hotmail.com





































