Se formó una comisión legislativa para investigar los despidos en el Instituto Nacional de Seguros. Este análisis busca demostrar como los resultados de la investigación, serán inútiles si pretenden producir sanciones y habrá sido una pérdida de tiempo y gastos en dinero de los contribuyentes por las razones que de seguido enumero.
En primer lugar, sorprende que algunos diputados se rasguen las vestiduras cuando defienden la autonomía de las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro Social y el ICE, entre otras y no sea así cuando se trate de la empresa pública estatal llamada Instituto Nacional de Seguros, que es una entidad autónoma más (Art. 52-1 Ley 8653 LRMS) y además, la más rentable del país. El artículo 52 de la Ley No. 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, reformó totalmente la Ley No. 12, Ley del monopolio de seguros del Instituto Nacional de Seguros, de 30 de octubre de 1924, que en adelante se denominó Ley del Instituto Nacional de Seguros. Precisamente en el Capítulo I, de las Disposiciones Generales, en su artículo 1, expresa.: “El Instituto Nacional de Seguros, en adelante INS, es la institución autónoma aseguradora del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autorizada para desarrollar la actividad aseguradora y reaseguradora. En dichas actividades le será aplicable la regulación, la supervisión y el régimen sancionatorio dispuesto para todas las entidades aseguradoras.”. Como se aprecia, el INS tiene personalidad jurídica y patrimonio propios y está regulada por la Superintendencia General de Seguros. Esto permite al INS, ser una entidad independiente, proteger sus intereses y ser responsable de sus propias obligaciones y deudas. Tiene capacidad jurídica para obrar y por lo tanto realizar acciones para proteger ese patrimonio, incluso realizar recortes de personal. Es falso que para ello tenga que pedir autorización a MIDEPLAN. Creo que los funcionarios del INS que han acudido a dar declaraciones en la Asamblea Legislativa han acudido porque son respetuosos con los señores Diputados, pero conocen que los resultados de esa investigación, además de causar “furor político”, no producirán ninguna acción legal, pues esa Institución actuó de pleno derecho. No obstante, se aprecia en las comparecencias de estos funcionarios un desconocimiento de la normativa que justifica esos despidos, pues apreciamos que el Subgerente de Negocios le achaca responsabilidades al Gerente General para despedir a los funcionarios y este último con un claro desconocimiento de la Ley, le atribuye a la presidenta ejecutiva, señora Gabriela Chacón, esa responsabilidad. Al efecto, cito el punto 4) del artículo 6, del citado cuerpo normativo que expresa literalmente en cuanto a las atribuciones del Gerente General, lo siguiente: “Nombrar y remover a los empleados del Instituto, de conformidad con la normativa aplicable al personal de la Institución. Para efectos de remoción de empleados, la Gerencia será la última instancia administrativa.” Como se puede apreciar, la norma enfatiza que el Gerente General es la última instancia administrativa. ¿Se habrá cometido perjurio o es solo un error derivado de la presión o un intento de politizar el asunto?
En general, las aseguradoras latinoamericanas tienen en promedio un total de 154 empleados por empresa. Si comparamos este dato con los 5.900 empleados del INS, nos damos cuenta que definitivamente el INS necesita reducir su planilla. Recordemos, además, que el costo administrativo es un componente muy importante en el cálculo de las tarifas de seguro, por lo que de no tomar medidas y tomando en cuenta que la mayoría de las aseguradoras locales son subsidiarias de empresas extranjeras, el asunto de competir en un mercado abierto, se le torna cada vez más difícil al INS. De hecho viene perdiendo mercado y se refleja en las estadísticas de la SUGESE y en sus propias utilidades. Si a esto agregamos que ya todas las empresas de seguros y bancarias avanzan a un proceso de mayor digitalización, a suscripción de seguros en línea, a que los procesos de reclamos y atención al cliente serán dominados por la inteligencia artificial a corto plazo, tenemos que el INS se dirige a un proceso de muchas mayores obligaciones que las aseguradoras de la competencia, la mayoría de las cuales son de capital privado y tienen un margen de maniobra mucho más ágil que el INS, ya que entidades como la Contraloría General de la República la siguen viendo como un ente público más, a pesar de que la misma ley 8653, en su artículo 51-2, indica: “.- Aplicación del Derecho privado. Los actos que se generen a partir del desarrollo de su actividad comercial de seguros, actuando como empresa mercantil común, serán regulados por el Derecho privado, por lo que en el ejercicio de la actividad aseguradora, el Instituto quedará sometido a la competencia de los tribunales comunes.” Es pues inaudito, que, por ejemplo, en la contratación de reaseguros, que es una actividad propia del negocio de seguros, tenga que informar los detalles de dichas operaciones a órganos que no tienen competencia, más que a la Superintendencia General de Seguros.
Debe tenerse en cuenta que el INS maneja 3 seguros, sobre los cuales su poder de maniobra es complicado. Son pólizas que le han sido asignadas para su administración, es decir, no son propias, tal el caso del Seguro de Cosechas, que en todo caso muestra resultados deficitarios casi desde su creación; el Seguro de Riesgos del Trabajo y el Seguro Obligatorio Automotor, estos dos últimos que, por disposición de la ley, las utilidades deben ser reinvertidas. Es mi criterio que los costos administrativos de estos seguros, principalmente su planilla, deberían manejarse en forma separada del resto de los seguros voluntarios y tener así un panorama más claro de su gestión. Ya tenemos otra empresa, -MNK-, que comercializa el Seguro de Riesgos del Trabajo y ha logrado muy buenos resultados económicos en el primer año de operación. Para la operación, el INS debería separar la planilla de esos tres seguros de su gestión normal. A esto debe agregarse la subsidiaria de INS-Salud.
El patrocinio de los ₵884.0 millones, sigue el mismo camino: Los legisladores que aprobaron la Ley 8653, reconocieron la necesidad que tenía esa institución de realizar actividades indispensables para la eficiente realización de su actividad ordinaria y competir en un mercado abierto y permitieron a esa entidad quedar excluidos de los procedimientos ordinarios de concurso establecidos en la Ley 7494 Ley de Contratación Administrativa, siempre y cuando se velara por el respeto a los principios generales de la contratación administrativa que procedan y que el procedimiento resulte razonable y proporcional a los fines de la contratación. La contratación se celebró entre dos entidades de derecho público. Bautizar los estadios con una marca comercial es una costumbre en muchos lugares de Europa y Estados Unidos, aunque en Costa Rica resulta novedoso. Ocurre así por ejemplo con el estadio ALLIANZ en España. ALLIANZ es una empresa aseguradora de las más fuertes en Europa. Para nadie es un secreto la cobertura mediática en televisión, prensa, radio y redes sociales, por lo que asociar el nombre del estadio nacional a la marca INS significaría que cada evento, cada boleto, cada transmisión, nacional e internacional y en cada mención incluiría el nombre de INS-Estadio, generando una exposición a gran escala y de manera permanente”, indicó la justificación de esta contratación. Solo imaginémonos si la selección nacional de Costa Rica hubiera logrado su pase al mundial y exhibir el logo del INS en sus uniformes. Tratar de ligar esa contratación e indicar que mejor no se hubiera realizado esta inversión y no haber despedido a esos empleado, es una aberración de quienes no conocen el manejo interno de una aseguradora y su necesidad de exposición en un campo que es su medio de trabajo, cual es el deporte, la recreación y su relación con la salud.
De verdad que se le hace mucho daño a una institución centenaria tratando de ensuciarla con actividades meramente normales, como es el caso de disminuir los costos operativos o realizar actividades para competir en un mercado abierto.
Lic. Juan Carlos Díaz Solís
Asesor y profesor universitario en riesgos y seguros





































