A raíz del cambio en la versión 4.4 de comprobantes electrónicos, vigente desde el 1 de septiembre de 2025, han surgido dudas entre comerciantes y consumidores sobre el uso de SINPE Móvil, ¿Es obligatorio aceptarlo? ¿Puede realmente Hacienda sancionarlo por no usarlo? Aquí aclaramos estos puntos clave.
¿Es obligatorio aceptar un pago por SINPE Móvil?
No, SINPE Móvil es una herramienta de pago electrónica promovida por el Banco Central de Costa Rica, que permite la transferencia de dinero mediante un número telefónico asociado a una cuenta bancaria. Aunque su uso se ha popularizado, no existe obligación legal para que todos los comercios lo acepten, la decisión sigue siendo voluntaria.
¿Qué exige la ley?
De acuerdo con el artículo 4 de la “Ley para mejorar la Lucha contra el fraude fiscal”, los comercios deben mantener al menos un método alternativo de pago al efectivo, como tarjetas de crédito o débito, transferencias bancarias, cheques o SINPE Móvil, siempre que exista una entidad financiera que garantice al comerciante la acreditación del dinero a su favor.
No ofrecer ningún método de pago alternativo, puede sancionarse con un monto de un salario base de ₵462.200, de acuerdo con el artículo 85 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Es importante que, el pagador del servicio este al tanto de que las transferencias SINPE tienen un límite diario de 100 mil colones, y que el pago de montos mayores a estos puede acarrear una comisión por parte de su entidad bancaria.
¿Cómo debe registrarse el pago por SINPE Móvil?
Si el comercio acepta SINPE Móvil, debe reflejarlo en su comprobante electrónico, primero indicando que la venta es a contado e indicando que el método de pago es SINPE, lo esencial es que exista trazabilidad y que la venta sea registrada y declarada correctamente.
¿Se pagan impuestos adicionales por usar SINPE Móvil?
No. La transferencia por SINPE Móvil no implica el pago de impuestos adicionales ni IVA por sí misma. Sin embargo, el comprador debe cancelar el costo y el IVA correspondiente al bien o servicio registrado en el comprobante, como lo haría con cualquier otro medio de pago.
¿Recibir muchas transferencias puede ser objeto de investigación fiscal?
Sí. Como cualquier sujeto que venda bienes o preste servicios, es un deber formal inscribirse en Hacienda, y emitir comprobantes electrónicos para el rastreo y claridad en el pago de impuestos.
Por tanto, si una persona recibe 100 o más transferencias SINPE en un mes, esto puede generar alertas en los sistemas de cruce de información entre Hacienda y Banco Central, identificando quienes reciben los pagos y posibles evasiones fiscales, esto por el incumplimiento en la no emisión de comprobantes electrónicos y el pago de impuestos.
En resumen, SINPE Móvil no es un método de pago obligatorio, pero sí lo es ofrecer métodos alternativos de pago distintos al efectivo. Si se acepta SINPE Móvil, este debe registrarse apropiadamente en el comprobante electrónico, para efectos de formalización y trazabilidad de los pagos.
Resulta de suma importancia, en tiempos cambiantes y fiscalización digital, entender que la normativa es más que una ventaja: es una necesidad. La desinformación puede costar caro, la mejor defensa siempre será estar bien asesorado.
Gustavo Villalobos, Consultor de Impuestos y Legal de Grant Thornton





































