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Si rechaza facturas electrónicas, no serán deducibles en su declaración de renta

Brandon Flores bflores@larepublica.net | Lunes 16 julio, 2018 10:00 a. m.


Facturas
La factura impresa fue sustituida por la electrónica desde enero de este año. Archivo/La República


Los usuarios que reciban factura electrónica por algún servicio, debe aceptarla, aceptarla parcialmente o rechazarla en el sistema, pues de eso dependerá que se pueda deducir un gasto y cumplir la normativa establecida en la declaración de renta.

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“Si usted omite aceptar, aceptar parcialmente o rechazar la factura, no es un gasto deducible del impuesto sobre la renta. El plazo para esa confirmación es de ocho días hábiles una vez que le haya llegado la factura a su correo electrónico”, explicó Dunia Zamora, fiscal del Colegio de Contadores Públicos.

En caso de que se rechace o acepte-parcialmente la factura, el emisor y el receptor deberán ponerse de acuerdo y aclarar las dudas respectivas.

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Esta entidad brindó algunas recomendaciones para evitar contra tiempos con facturación electrónica:

  • Le llegará un correo con tres archivos, descargue el que termina en XML
  • Cree una carpeta exclusiva para ese tipo de documentos
  • Envíe el documento XML al correo electrónico de su proveedor de servicio privado o al del Ministerio de Hacienda.
  • En su sistema de facturación diríjase a la pestaña que indique la “aceptación” del documento.
  • En dicha opción se verá reflejado el archivo “XML”, ahí podrá verificar el monto, fecha y descripción de la factura, así como la opción de elegir si acepta, acepta-parcialmente o rechaza la factura.
  • Escoja la alternativa que refleje su conformidad con el bien o servicio recibido.






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