Si rechaza facturas electrónicas, no serán deducibles en su declaración de renta
En caso de que se rechace o acepte-parcialmente la factura, el emisor y el receptor deberán ponerse de acuerdo y aclarar las dudas respectivas
Los usuarios que reciban factura electrónica por algún servicio, debe aceptarla, aceptarla parcialmente o rechazarla en el sistema, pues de eso dependerá que se pueda deducir un gasto y cumplir la normativa establecida en la declaración de renta.
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“Si usted omite aceptar, aceptar parcialmente o rechazar la factura, no es un gasto deducible del impuesto sobre la renta. El plazo para esa confirmación es de ocho días hábiles una vez que le haya llegado la factura a su correo electrónico”, explicó Dunia Zamora, fiscal del Colegio de Contadores Públicos.
En caso de que se rechace o acepte-parcialmente la factura, el emisor y el receptor deberán ponerse de acuerdo y aclarar las dudas respectivas.
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Esta entidad brindó algunas recomendaciones para evitar contra tiempos con facturación electrónica: