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¿Sabe cómo exonerar sus paquetes de impuestos?

Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Viernes 06 octubre, 2017 06:10 p. m.




Es posible aplicar una exoneración de impuestos a los paquetes traídos del exterior, al menos cada seis meses.

Este es un derecho aplicable para nacionales y extranjeros mayores de edad, para la importación de bienes cuyo valor CIF no supere los $500.

El valor CIF es la suma del costo de la mercancía más el flete y el seguro.

Este derecho se puede ejercer sólo con un paquete cada seis meses.

Puede aplicarse con empresas de courier, como La Terminal Express, con la que se pueden traer los paquetes desde Estados Unidos.

Dentro de los requisitos para exonerar un paquete se encuentran un permiso especial, la cédula y tres copias de ésta firmada, y facturas de compra impresas y firmadas.

También se debe alertar el paquete antes de que llegue a las bodegas en Miami, es decir, adjuntarle las facturas de compra.

Asimismo, debe verificar que el paquete pueda aplicar para la exoneración de impuestos, de acuerdo con información de La Terminal Express.

Cabe rescatar que productos con permisos especiales o restringidos no se exoneran, tales como los suplementos alimenticios o armas.


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