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Resolución alterna de conflictos toma fuerza con nueva ley laboral

Karla Barquero karlabarquero.asesora@larepublica.net | Viernes 08 diciembre, 2017




Con la llegada de la Reforma Procesal Laboral (RPL) la conciliación, una forma alterna de solucionar conflictos, gana popularidad con el objetivo de evitar un juicio en materia de trabajo.

Aunque en un inicio se hablaba que con la entrada en vigencia del cambio en la legislación se dispararían los juicios laborales, esto no ha ocurrido.

Por ejemplo, en la Asociación de Empresas de Seguridad se calculaba que cada año se presentarían 9 mil demandas por parte de los oficiales.

Sin embargo, en cinco meses tanto los juzgados como el Ministerio de Trabajo descartan un repunte de casos y afirman que se trabaja con “normalidad”.

Lea más: Reforma Procesal Laboral reta a pymes



Durante el segundo trimestre del año (antes de que entrara a regir la reforma), de 13.671 casos, solo 928 requerían un traslado de expediente por la llegada de la RPL, de acuerdo con el Poder Judicial.

Persiguiendo la solución a los problemas antes de llegar a los estrados judiciales, en el Ministerio de Trabajo se crearon 12 plazas para árbitros y 18 para conciliadores con la vigencia de la reforma.

Pero aún no se percibe un aumento en juicios laborales, lo que sí repuntan son las consultas por parte de empleadores con la llegada de esta actualización.

“A poco más de cuatro meses de haber entrado en vigencia, las dudas generadas por los cambios en nuestra realidad laboral son bastante amplias en cuanto a cantidad y temas”, afirmó Osvaldo Madriz, de Consortium Legal.

Los cuestionamientos más frecuentes de los patronos son: los casos en los que se puede alegar discriminación laboral y cómo justificar un despido con responsabilidad patronal.

Por ejemplo, en el tema de la prohibición de la discriminación las consultas son recurrentes debido a lo extenso del artículo.

Solo durante el segundo trimestre de este año, 37 casos por despido discriminatorio en el sector privado fueron llevados a los tribunales.

Con la reforma se prohíbe toda discriminación en el trabajo por razones de edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación, discapacidad, afiliación sindical o situación económica.

Lea más: Reforma Procesal Laboral: Cambios que introduce



Otro aspecto frecuente en el tema de consultas es la justificación de las cartas de despido sin responsabilidad patronal, ya que se presentó un cambio en el que se establece que se deben incluir todos los detalles específicos por los cuales el patrono tomó dicha decisión.

Aquellas situaciones que no se especifiquen, podrán ser eventualmente discutidas y llevadas a un juicio por parte del empleado.


Mayor conciliación


Los expertos concuerdan en que con la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral se incrementó el uso de los mecanismos de resolución alterna de conflictos.

Eugenio Vargas

Abogado asociado
Lexincorp Central American Law Firm

En nuestra experiencia con las empresas y patronos, no podríamos indicar un aumento de procesos judiciales en tema laboral. Sí se ha dado un incremento en los casos en que se resuelven ante un Centro de Conciliación autorizado al efecto, por cuanto la decisión que se tome en esos centros adquiere el carácter de “cosa juzgada”, y ninguna de las partes podría presentar algún reclamo al respecto posteriormente.

Eric Briones

Doctor
Derecho laboral

La razón de ser de la ley que tiene más de 100 días en vigencia es desjudicializar los conflictos que hay de carácter individual y colectivo con procedimientos céleres en la vía judicial, ya que se complica en costos y duración. A raíz de eso, fortalece los medios alternos de conciliación: ya sea ante el Ministerio de Trabajo o incluso en los centros privados de resolución alterna de conflictos.


Discriminación en duda


La consulta recurrente entre empleadores son las causas de discriminación debido a la extensión del artículo que las prohíbe.

Osvaldo Madriz

Asociado Senior
Consortium Legal

La amplitud de redacción del artículo abre la posibilidad de que se llegue a alegar discriminación casi por cualquier motivo, dejando abierta la posibilidad de que sean los mismos colaboradores quienes determinen qué se entiende por dicha figura y sus causales; sobre todo si se considera que el artículo 409 no obliga a que el trabajador demuestre la discriminación, sino que basta con que simplemente la detalle en su reclamo.

Eugenio Vargas

Abogado asociado
Lexincorp Central American Law Firm

En términos generales, podría decir que la duda y preocupación más frecuente se refiere al asunto de la discriminación en el trabajo, y de alguna manera, el “temor” de los empresarios de despedir a algún colaborador, aun con responsabilidad patronal, ya que podría verse afectado si presenta una demanda, aun infundada, aduciendo razones de discriminación.


Pleito por prestaciones


En el sector privado la mayoría de los casos del primer semestre del año que ingresaron a los juzgados laborales fue por el tema de prestaciones laborales.

Casos Cantidad
Prestaciones laborales 8.935
Infracciones leyes laborales y de seguridad social 303
Despido persona migrante 140
Despido discriminatorio 84
Despido de trabajadora embarazada 73
Despido hostigamiento laboral 26
Despido de trabajadora en periodo de lactancia 19
Hostigamiento laboral 14
Despido menor de edad 9
Hostigamiento sexual 8
Consignación pago 4
Despido hostigamiento sexual 4
Hostigamiento laboral o sexual 2

Fuente: Poder Judicial datos 2017


Beneficios de trabajadores


La Reforma Procesal Laboral vino a modernizar la legislación del país en esta materia. Algunos alcances y beneficios que trae para los trabajadores son:

Fuente: Ministerio de Trabajo

 


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