El 10 de diciembre del 2008 se creo la Ley de Fortalecimiento de Programas de Vivienda, lo que da paso a la creación del impuesto solidario. Este es un impuesto que se crea sobre las viviendas de lujo con el fin de fortalecer a los programas de vivienda para familias de bajos recursos.
¿Quién debe pagar este impuesto?
Cualquier persona física o jurídica que tenga inscrito a su nombre en el Registro Nacional una propiedad que sea considerada de lujo, esto recae sobre viviendas permanentes de recreo o incluso viviendas destinadas al alquiler.
¿Cómo se calcula este impuesto?
El cálculo del impuesto solidario se da primeramente sobre el valor de construcción. El Ministerio de Hacienda ha puesto a disposición una herramienta para el cálculo del valor por metro cuadrado tomando en consideración todas las características constructivas de la vivienda.
Por ejemplo: si es una casa de habitación, es un apartamento, si es una vivienda de una planta, dos plantas, si posee 2 o 3 baños, tipos de acabado, etc.
Importante que esta valoración no debe realizarse solo sobre la construcción de la vivienda, si no también sobre todas las construcciones adicionales, por ejemplo, bodegas, parqueos, ranchos, etc.
Una vez que se determina el valor por metro cuadrado se tiene el valor de construcción total de vivienda y sus construcciones accesorias. Si dicho monto supera los ¢143 millones, de conformidad con los tramos establecidos por el Ministerio de Hacienda, según el Decreto Ejecutivo N.º 45358-H, publicado en La Gaceta N.º 239 del 19 de diciembre de 2025, para el 2026, se debe proceder con el cálculo del valor del terreno.
Este cálculo deberá contemplar no solo el terreno de la vivienda como tal si no también el terreno de las áreas accesorias.
Importante indicar que, si la vivienda está en un condominio, se deberá adicionar también el valor proporcional que tenga el condómino sobre las áreas comunes, para esto se requiere el estudio de las áreas comunes y se deberá aplicar el coeficiente de propiedad.
Una vez sumados todos estos montos se procederá con el cálculo del impuesto.
¿Cuánto se paga de impuesto para el 2026?
El impuesto va desde un 0,25% del valor de la vivienda más terreno hasta un 0,55% dependiendo de la escala progresiva:
¿Cada cuánto debo presentar la declaración del impuesto solidario?
Esta es una obligación que se debe cumplir cada 3 años, es decir, si la declaración se presentó en el 2025, se deberá presentar nuevamente en el año 2028 a más tardar el 15 de enero y para los años 2026 y 2027 únicamente se debe proceder con el pago por medio de la plataforma de TRIBU CR donde se debería cargar el impuesto correspondiente.
Si por ejemplo, una persona compró una casa en octubre del 2025, deberá presentar la declaración a más tardar el 15 de enero del 2026, realizar el pago en el 2027 y volver a presentar la declaración a más tardar el 15 de enero del 2028 aun y cuando no han transcurrido los 3 años, ya que debe ponerse al corte con las fechas de presentación de Ley.
Importante recordar que el nuevo formulario será el D-174 Declaración Jurada del Impuesto Solidario, que se encuentra en la Oficina Virtual OVI de TRIBU CR.
¿Qué pasa si no presento la declaración en tiempo?
En caso de pasarse el plazo de presentación el contribuyente estará en obligación de pagar la sanción del artículo 79 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, correspondiente a un 50% de un salario base con una reducción de hasta un 80% si se subsana la falta sin intermediación de la Administración Tributaria. Así como el pago de intereses desde la fecha en que debió presentarse y pagarse el impuesto hasta la fecha en que se subsana la obligación y mora según el artículo 80 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 1% por mes o fracción de mes hasta un tope del 20%.
Dilana Barrientos, Gerente Senior de Impuestos y Legal de Grant Thornton.





































