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Proyecto de reforma en tarifas en ciertas cédulas del impuesto de renta para fortalecer el Sistema Fiscal

Silvia González silvia.gonzalez@cr.gt.com | Miércoles 29 septiembre, 2021

Silvia Gonzalez

El proyecto de Ley denominado “Ley de Reducción de Beneficios Fiscales y ajuste en Tarifas en Rentas De Capital Para Fortalecer El Sistema Fiscal”, bajo el expediente 22.369, es parte de las propuestas del Estado en el marco del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que se pretende realizar una reforma a algunas tarifas de cédulas de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) como son es el aumento en las tarifas del impuesto de remesas al exterior, la eliminación de la exoneración del salario escolar y aumento a la tarifa de rentas de capital y ganancia de capital.

Para tales efectos, es importante hacer un repaso de los cambios que se pretenden a efectos de comprender los alcances de una futura aprobación. Recordemos que actualmente nuestra Ley del Impuesto sobre la Renta, tiene como característica una renta cedular, que quiere decir que, existen tarifas a diferentes fuentes de ingresos o rentas se encuentran sujetas a una variedad de impuestos que las gravan a tasas diferentes, de tal forma que este proyecto pretende hacer una modificación de alguna de ellas.

En relación con el impuesto de remesas al exterior, que corresponde al impuesto que se retiene sobre los pagos de rentas de fuente costarricense a favor de sujetos no domiciliados, se aumenta todas las tarifas en un 5% que detalla el artículo 59 de la LISR, por ejemplo, por concepto de un servicio profesional actualmente aplica un 25% pasaría a 30%, o el pago de una regalía de 25% sube a 30%, intereses y comisiones de 15% subiría a 20%. En estos casos el proyecto no menciona que este aumento se haga de forma temporal sino se prevé permanente.

Otra modificación que se pretende es eliminar la exoneración al salario escolar, aplicando en contrario la tarifa progresiva del salario ordinario que establece la ley de forma independiente, sin que se deba sumar al total de remuneraciones percibidas en el mes.

Finalmente, sobre las rentas de capital y de las ganancias de capital contempladas en los párrafos primero y segundo del artículo 31 ter de la LISR por un plazo de 2 años contados a partir de la vigencia de esta reforma subirá la tarifa de un 15% a 16,5%.

Esta propuesta significará un mayor pago de impuestos en razón de los que actualmente tenemos los contribuyentes en distintas posiciones en sus transacciones, pues por ejemplo, el impuesto de remesas al exterior, si bien debe asumirlo el sujeto no domiciliado, estos pagos siempre generan dudas de cuándo proceden y sobre qué conceptos, asumiendo el contribuyente costarricense la responsabilidad solidaria de la retención y pago, que sin duda generaría discusiones más onerosas.

Esta aún es una propuesta en estudio, y nos queda dar seguimiento a los avances, pues su aplicación se prevé para el primer día del mes siguiente a la publicación en La Gaceta, y afectará a las situaciones que para ese momento se vayan a ejecutar.






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