Fabio Salas
Socio de Impuestos y Servicios Legales
Deloitte Costa Rica
José Fabio Chinchilla
Gerente
Deloitte Costa Rica
En meses recientes, diversos sectores han sido objeto de extensos requerimientos de información por parte de la Administración Tributaria. Un ejemplo claro son las solicitudes dirigidas a empresas de telecomunicaciones, que demandan bases de datos completas de sus abonados.
Aunque aparentemente esta medida busca fortalecer el control fiscal y detectar perfiles de riesgo, ha reabierto un debate jurídico crucial, ¿es adecuado que la Administración solicite información de manera generalizada, sin una fiscalización concreta en curso, ni una clara delimitación del sujeto pasivo o del período fiscal investigado?
En este contexto, el proyecto de ley N.º 24.994, presentado en la Asamblea Legislativa, adquiere especial relevancia al proponer una reforma integral al artículo 105 del Código Tributario. El objetivo es claro: establecer límites y garantías frente a lo que en el proyecto se denomina como "voracidad informativa" por parte de la Administración Tributaria.
La nueva redacción del artículo 105 exigiría que cada requerimiento de información sea debidamente motivado e individualizado, cumpliendo con requisitos mínimos, tales como:
- Especificar la finalidad concreta del requerimiento
- Identificar al sujeto o grupo de sujetos involucrados
- Delimitar el período temporal de los datos solicitados
- Detallar la naturaleza específica de la información que se pretende recabar
Adicionalmente, se prohibirían expresamente las solicitudes masivas, generales, indeterminadas o con fines meramente exploratorios. Asimismo, el sujeto requerido estaría obligado a notificar al titular de los datos personales solicitados, salvo que dicha notificación comprometa el éxito de una fiscalización.
Este proyecto reafirma que una recaudación tributaria eficiente debe seguir siendo un pilar del Estado, mientras se garantiza el derecho a la intimidad, el debido proceso y la protección de los datos personales. La reforma del artículo 105 busca precisamente establecer un equilibrio, con controles claros que eviten que la Administración Tributaria tenga potestades irrestrictas en la recopilación de datos.
Proyecto alineado con OCDE
La iniciativa de ley está en sintonía con estándares internacionales, ya que promueve la minimización de datos y el uso proporcional de la información fiscal, lo que está en línea con los principios reconocidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
En este contexto, la OCDE ha promovido principios esenciales en materia de gobernanza tributaria y acceso a la información, que buscan equilibrar la autoridad fiscal del Estado con la protección de los derechos fundamentales de los contribuyentes.
Estos principios se reflejan en documentos clave como las Directrices de Privacidad de la OCDE (segunda parte, artículo 7), que establecen que “la recopilación de datos personales debe limitarse a lo necesario respecto a los fines específicos y legítimos para los cuales serán utilizados”. Asimismo, las directrices sobre la Protección de la Privacidad y los Flujos Transfronterizos de Datos Personales destacan la importancia de la proporcionalidad, la finalidad determinada y la transparencia en el uso de datos por parte de las autoridades.
En conclusión, el proyecto de ley N.º 24.994 puede representar un avance normativo significativo para Costa Rica, al establecer un marco más riguroso para los requerimientos de información tributaria. Esto evitaría prácticas exploratorias o desproporcionadas y fortalecería la confianza de los contribuyentes al garantizar límites claros en la recolección de datos. Todo ello en consonancia con los estándares de la OCDE y los principios del Estado de derecho.
Este artículo se realizó con la colaboración de José Fabio Chinchilla, Gerente de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte Costa Rica.





































