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NACIONALES


Delitos de odio y discriminación se considerarían “homicidios calificados”

Pena de 35 años de cárcel se aplicaría a quien mate por orientación sexual

Congreso volverá a estudiar tema tras fallido intento del diputado Enrique Sánchez

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 18 octubre, 2019


“El Estado debe también repudiar y castigar el asesinato motivado por el odio a un grupo”, dijo Enrique Sánchez, diputado del Partido Acción Ciudadana. Shutterstock-Cortesía/La República.
“El Estado debe también repudiar y castigar el asesinato motivado por el odio a un grupo”, dijo Enrique Sánchez, diputado del Partido Acción Ciudadana. Shutterstock-Cortesía/La República.


Sancionar los delitos de odio y discriminación con la mayor rigurosidad posible es el objetivo de un proyecto que presentó Enrique Sánchez, diputado del Partido Acción Ciudadana.

La idea es que los asesinatos contra integrantes de la comunidad LGBT, por motivos religiosos, de etnia, nacionalidad o características genéticas de la víctima, se consideren como homicidio calificado.

La iniciativa, que modifica el artículo 112 del Código Penal, señala que un asesinato de esta índole se castigará con una pena de 20 a 35 años.

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“Un crimen así no se produce solo contra la víctima como un individuo, lo cual ya es grave y repudiable, sino que, además, es un ataque a todo el grupo, población o comunidad a la que pertenece. Por eso, el Estado debe también repudiar y castigar el asesinato motivado por las razones señaladas, para evitar que otros individuos sientan algún tipo de validación para repetir actos violentos similares”, explicó Sánchez.

El homicidio calificado solo se castigaría en los crímenes en los que se demuestre que la razón fue la pertenencia a un grupo social o una determinada condición humana.

Por eso, no aplicaría cuando el asesinato ocurre por otras razones y la víctima fortuitamente pertenecía a uno de esos grupos.

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Esta es la segunda ocasión que Sánchez trata de legislar sobre el tema, ya que anteriormente los diputados archivaron un proyecto de ley que él presentó, pues la iniciativa violentaba la libertad de expresión.

La propuesta correspondía a una sanción de cárcel de entre seis meses, así como dos años de prisión para quien promoviera el odio con un fin específico, lo que incluía a grupos con opinión política.

La Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y abogados penalistas se manifestaron en su contra, al considerar que es un riesgo para la libertad de expresión.

¿Qué es un delito de odio?

La iniciativa que modifica el artículo 112 del Código Penal señala que un asesinato de esta índole se castigará con una pena de 20 a 35 años.

• Es una conducta violenta motivada por prejuicios

• Los grupos afectados serían integrantes de la comunidad LGBT por motivos religiosos, de etnia, nacionalidad o características genéticas de la víctima

• Se consideraría un homicidio calificado



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