Legislación nacional faculta a empresas para contratar refugiados
Brandon Flores bflores@larepublica.net | Miércoles 29 agosto, 2018 02:49 p. m.
La legislación nacional permite a las empresas contratar refugiados siempre y cuando se encuentren al día con la Dirección General de Migración y Extranjería.
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La persona refugiada debidamente reconocida recibirá, por parte de esa institución una identificación que acredite su permanencia legal en el país y con ella podrá ejercer cualquier tipo de actividad laboral remunerada o lucrativa, por cuenta propia o en relación de dependencia, con las mismas condiciones, derechos y deberes que cualquier trabajador, reza el artículo 108 de la Ley General de Migración y Extranjería
Nicaragüenses y venezolanos son quienes más tramitan solicitudes de refugio, hasta 1 mil por semana, de acuerdo con Migración.
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“Mientras se encuentren en trámite las solicitudes no se pueden realizar las labores para la empresa, pues en principio todos los trámites se deben realizar de previo a la contratación e inicio formal de labores dentro de la empresa. Es decir, se debe contar con una resolución formal de la DGME que autorice la permanencia en el país, sea temporal o definitiva y la posibilidad de realizar labores asalariadas”, explicó Rolando Perlaza, abogado laboral.
Algunas empresas en el país ya han realizado ferias de empleo para refugiados en los últimos días.