Desde el año 2017, la Organización Internacional del Trabajo (OIT/Cono Sur. Informes Técnicos/2), viene referenciando que el uso de las tecnologías en el acompañamiento de las labores inspectivas de trabajo, resultan de gran trascendencia para el mundo laboral, por cuanto “las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) juegan en el desarrollo de niveles más altos de competitividad y productividad, lo cual no es ajeno a los sistemas de administración laboral, y en particular, a las inspecciones del trabajo”.
Siendo entendible, ya que a su vez este desarrollo tecnológico, también está viniendo a desafiar la conceptualización tradicional, que se tenía de las relaciones laborales, ya que, hoy por hoy, se altera la lógica tradicional del trabajo basada en la presencialidad. Hoy, la producción y la administración se organizan cada vez más bajo esquemas de teletrabajo, control remoto y gestión por objetivos. Herramientas como GPS, inteligencia artificial, metaverso, correos electrónicos y plataformas digitales permiten a las empresas dirigir y evaluar a trabajadores sin necesidad de un contacto físico permanente.
Como se puede entender, esto fenómeno, está transformado el poder de dirección patronal, facilitando la eficiencia, pero también generando riesgos de invasión a la intimidad y privacidad a las personas trabajadoras. De ahí que sea necesario un equilibrio mediante mecanismos de control y fiscalización estatal, pero que también opten por la utilización de nuevos paradigmas, basados en las tecnologías.
Pues, como dice el refrán popular: “lo que es bueno para el ganso es bueno para la gansa”, es por lo que, a nivel local, se emitió la directriz interna no. DNI-DIR-01056-24, del 7 de mayo del año 2024, permitiendo la fiscalización de la labor inspectiva, de lo meramente tradicional presencial, a la posibilidad de las acciones virtuales, mediante el uso de las TIC, para venir a posibilitar la verificación de la documentación de empleadores y trabajadores a través de medios digitales. La realización de entrevistas y reuniones virtuales mediante plataformas tecnológicas. La obligación de registrar digitalmente los documentos en sistemas informáticos para garantizar transparencia y control. La modalidad inspectiva dual (virtual/presencial) en casos que así lo requieran. El uso de correos electrónicos oficiales como medio válido de notificación.
Entre los beneficios más palpables destacan: mayor eficiencia en la gestión, reducción de costos operativos, transparencia en la labor inspectiva, mejor control del seguimiento de casos, simplificación de trámites para la ciudadanía y adecuación a las nuevas realidades tecnológicas
Lo que se busca con estas medidas, es replicar el procedimiento inspectivo presencial tradicional, de mediados del siglo pasado, pero adaptado al entorno digital que rige en el presente siglo, optimizando recursos y agilizando procesos administrativos, a fin de que, este nuevo desarrollo socio/laboral, enmarcado por la fenomenología de la globalización, la digitalización y la cuarta revolución industrial, vaya acompañada de un derecho que atienda las necesidades actuales, pues de lo contrario, se corre el riesgo de volverse obsoleto y dejar desprotegidos a los actores sociales. Por ello, la transformación normativa y procedimental resulta indispensable para mantener su misión de generar justicia, seguridad y paz social.
Bueno, precisamente, esto es lo que está haciendo la Inspección de Trabajo costarricense, con este tipo de propuestas prácticas, que vienen a satisfacer las demandas de los ciudadanos, de cara a las nuevas realidades tecnológicas, provocando mayor eficiencia y menos gasto al erario, mediante este tipo de actuaciones, impensables antes de la pandemia, Covid-19.
No obstante, también existen desafíos: tales como garantizar la protección de datos personales, evitar la exclusión digital de sectores con poco acceso a tecnología, preservar la imparcialidad y calidad de las inspecciones y asegurar que el marco normativo acompañe adecuadamente la virtualización de los procesos. El reto central es equilibrar la eficacia administrativa con la tutela de los derechos fundamentales de empleadores y trabajadores y lograr mantener en el tiempo la sostenibilidad de los sistemas, mejorarlos y capacitar a su personal de manera constante en el uso de los mismos
Eric Briones Briones
Doctor y Profesor en Derecho Laboral





































