La reciente eliminación de la razón social en Costa Rica marca un antes y un después en la forma de crear empresas, sustituyendo un elemento histórico por un sistema más técnico, uniforme y automatizado.
La Ley N.º 10.729 es la norma que introduce esta reforma, estableciendo que las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada ya no utilizarán un nombre elegido, sino que adoptarán como denominación legal su número de cédula jurídica.
Este cambio refleja una tensión inevitable entre tradición y eficiencia administrativa. Aunque suprime un símbolo identitario, también resuelve un problema real: los constantes rechazos por nombres repetidos o similares que retrasaban el proceso registral.
Durante años, el Registro Nacional enfrentó un desgaste operativo que ralentizaba la constitución de sociedades.
Con la reforma, se elimina ese cuello de botella y se prioriza la rapidez por encima del componente expresivo del nombre social, automatizando la asignación del nombre legal.
Sin embargo, la identidad empresarial no desaparece, sino que se desplaza hacia el nombre comercial y las marcas, que ahora adquieren un peso estratégico esencial en la construcción de reputación.
Una empresa podrá operar con un número como nombre legal, pero requerirá un signo distintivo sólido para existir en la mente del consumidor.
Esa transición exige más responsabilidad creativa y legal a quienes emprenden.
Registrar un nombre comercial o una marca será ahora un paso clave, no opcional. Protege la identidad, evita imitadores y otorga exclusividad, algo crucial en un mercado saturado y altamente competitivo.
La reforma también recuerda que no todas las entidades quedan sujetas a esta regla. Instituciones financieras, empresas reguladas y compañías extranjeras mantienen nombres tradicionales bajo regímenes especiales.
Para muchos emprendedores, este cambio implicará una curva de aprendizaje. Ya no bastará con constituir una sociedad: será indispensable planificar branding, protección de activos intangibles y coherencia comunicativa.
En términos analíticos, esta reforma invita a profesionalizar la manera en que se construye la identidad de un negocio, obligando a abandonar la improvisación y a pensar estratégicamente desde el primer día.
Aunque algunos lamentarán la pérdida de la razón social, lo cierto es que el mercado nunca la valoró tanto como la marca. El cliente recuerda el nombre comercial, no la denominación jurídica inscrita.
La modernización era necesaria, pero debe ir acompañada de educación empresarial para evitar que los nuevos emprendedores queden desprotegidos al no registrar adecuadamente su identidad.
Esta reforma no elimina la esencia comercial de una empresa; simplemente redefine dónde se encuentra y cómo debe protegerse en un entorno empresarial cada vez más competitivo y regulado.
Orval Samuels Givans
Abogado fundador Despacho Omega Legal





































