Para las empresas sujetas a los artículos 15 y 15 bis de la Ley N° 7786 y sus reformas, el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva no puede abordarse únicamente cuando se aproxima un vencimiento regulatorio. La planificación anticipada constituye un elemento esencial para cumplir adecuadamente con las exigencias establecidas por la normativa.
Para los sujetos obligados a la luz de los artículos 15 y 15 bis de la Ley N° 7786y sus reformas y calificados como tipo 1, uno de los aspectos que merece mayor atención es la contratación del auditor externo que realizará el informe de aseguramiento requerido por el Acuerdo SUGEF 13-19. Es importante tomar en consideración que durante el período 2026 deberá ejecutarse la auditoría correspondiente y la normativa establece que la designación del auditor externo debe comunicarse a la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) a más tardar el 31 de agosto de 2026. Aunque ese plazo aún permite realizar la contratación, esperar hasta esa fecha no siempre resulta la mejor decisión.
Este tipo de auditoría no se limita a revisar el cumplimiento documental de la normativa. Se trata de un encargo de aseguramiento desarrollado bajo la Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento (NIEA 3000), el auditor no se limita a verificar la existencia de políticas o procedimientos, sino que obtiene evidencia suficiente y apropiada para emitir una conclusión independiente respecto de la eficacia del sistema de gestión de riesgos y del cumplimiento de las obligaciones regulatorias.
Para lograrlo, es necesario conocer la operación de la organización, analizar la metodología de evaluación de riesgos, revisar expedientes, entrevistar a los responsables del sistema de cumplimiento y evaluar la aplicación práctica de las políticas y procedimientos. Todo ello requiere tiempo y una oportuna coordinación entre la administración, el oficial de cumplimiento y el equipo auditor.
Además, la normativa dispone que estas auditorías sean realizadas por una firma o un auditor externo inscrito en el Registro de Auditores Elegibles. Conforme avanza el año, la demanda de estos servicios especializados suele incrementarse, lo que puede dificultar la disponibilidad de agendas y limitar las opciones para programar el trabajo con la anticipación necesaria.
Iniciar el proceso de contratación con suficiente tiempo ofrece importantes ventajas, como permitir planificar adecuadamente el alcance de la auditoría, atender eventuales observaciones antes del cierre del período y desarrollar la revisión sin la presión que generan los plazos regulatorios. Ahora bien, más allá de cumplir con una obligación, la auditoría representa una oportunidad para fortalecer el sistema de prevención y consolidar una cultura de cumplimiento dentro de la organización.
Con el período 2026 ya en curso, iniciar oportunamente el proceso de selección y contratación del auditor permite a la organización disponer del tiempo necesario para preparar la documentación, atender eventuales oportunidades de mejora identificadas durante el trabajo y cumplir con los plazos regulatorios sin afectar la operación normal del negocio.
Aunque la comunicación a la SUGEF puede realizarse hasta el 31 de agosto de 2026 mediante la plataforma SAES, anticipar esta decisión facilitará una mejor preparación del trabajo y contribuirá a que la auditoría se ejecute con la profundidad y calidad que exige la normativa.
Contar con asesoría especializada durante este proceso puede marcar una diferencia importante en la calidad del encargo y en el fortalecimiento del sistema de cumplimiento.
En Grant Thornton Costa Rica contamos con amplia experiencia en la ejecución de encargos de aseguramiento sobre prevención de LC/FT/FPADM para sujetos obligados por los artículos 15 y 15 bis de la Ley N° 7786 y sus reformas. Nuestro equipo de especialistas ofrece un servicio independiente, basado en las disposiciones del Acuerdo SUGEF 13-19 y la NIEA 3000, apoyando a las organizaciones en el fortalecimiento de sus sistemas de cumplimiento y gestión de riesgos.
Milagro Hernández, Consultora Legal de Grant Thornton





































