Históricamente, las sociedades han mirado a las personas menores de edad a través del lente de la minoridad: como proyectos de ciudadanos, seres incompletos en una eterna sala de espera para la vida pública, o simples objetos de protección pasiva. Esta visión adulto céntrica no solo es anacrónica, sino que contradice el paradigma de Derechos Humanos consolidado desde la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Es momento de erradicar la retórica paternalista y asumir un imperativo ético y jurídico: a las niñas, niños y personas adolescentes (NNA) se les debe tomar en serio hoy, reconociendo su derecho a la participación plena como el ejercicio legítimo de su ciudadanía del presente.
El derecho a la participación, consagrado en el artículo 12 de la Convención, no es una concesión decorativa ni una herramienta metodológica para dinámicas escolares. Es un derecho político fundamental y un principio rector. Implica el derecho a expresar la opinión libremente en todos los asuntos que les afectan y la obligación correlativa del Estado, las instituciones y la familia de tomar en cuenta de manera seria y genuina esas opiniones, de acuerdo a su autonomía progresiva.
De la escucha cosmética a la participación vinculante
Lamentablemente, persisten en nuestra región y en el diseño de políticas públicas las formas de "participación cosmética" o tokenismo: la fotografía del niño, niña o persona adolescente en el podio, el consejo consultivo que se reúne una vez al año para la foto institucional, o la consulta exprés cuyas conclusiones terminan engavetadas. Esta simulación democrática no solo defrauda las expectativas de las personas menores de edad, sino que perpetúa su exclusión de los procesos de toma de decisiones que impactan directamente sus entornos: el sistema educativo, la infraestructura urbana, la protección frente a la violencia y el diseño de la institucionalidad pública.
Tomar en serio a la niñez exige transitar hacia una participación sustantiva, que se define por tres condiciones esenciales:
Espacios informados y seguros: Brindar información en lenguajes accesibles y adaptados, garantizando entornos libres de represalias o descalificaciones.
Procesos deliberativos: Permitir que las personas menores de edad co-diseñen las propuestas, debatan las prioridades y propongan soluciones a las problemáticas comunitarias y nacionales.
Rendición de cuentas: Las autoridades e instituciones deben devolver el resultado de la participación, explicando con claridad qué aportes se incorporaron en las políticas o leyes y, si algunos no fueron viables, fundamentar técnicamente el porqué.
Autonomía progresiva y el ejercicio de la ciudadanía
La resistencia a otorgar voz y voto a las personas menores de edad suele escudarse en una supuesta falta de madurez o en el temor a la pérdida de la autoridad adulta. Sin embargo, el principio de autonomía progresiva nos recuerda que las facultades de las personas menores de edad se desarrollan en la medida en que se ejercen. No se aprende a ser ciudadano al cumplir la mayoría de edad por mero efecto biológico; la ciudadanía se construye, se ensaya y se internaliza desde la primera infancia a través de la participación activa.
Cuando el Estado y la sociedad limitan deliberadamente los canales de incidencia política y social de las niñas, niños y adolescentes, amputan la capacidad de renovación de la propia democracia. Las personas jóvenes y menores de edad no son apáticas; poseen una lectura lúcida, crítica y descarnada de las realidades institucionales, las desigualdades y las crisis ambientales y educativas. Su exclusión solo debilita el tejido social y deslegitima las decisiones públicas.
Un llamado a la reforma institucional y cultural
Asegurar el derecho a la participación plena requiere una doble transformación. En el ámbito legal e institucional, es urgente el fortalecimiento y la autonomía de los entes rectores de población menor de edad, asegurando que las estructuras de gobernanza local y nacional cuenten con presupuestos protegidos y mecanismos vinculantes de consulta a la niñez. En el ámbito cultural, urge derribar el prejuicio de que el adulto posee el monopolio de la razón y el bienestar ajeno.
Garantizar la ciudadanía plena de las personas menores de edad no es una utopía romántica; es una obligación jurídica ineludible para la consolidación de un Estado democrático de derecho. Tomar en serio a las niñas, niños y adolescentes implica horizontalidad, respeto a su dignidad y la valentía política de compartir el poder de decisión. Solo cuando sus voces dejen de ser un eco de fondo y se conviertan en votos, directrices y realidades presupuestarias, podremos afirmar que habitamos una sociedad verdaderamente justa y democrática.
Rodolfo Vicente Salazar
Abogado y Notario
Especialista en Justicia, Políticas Públicas de personas Menores de Edad
Especialista en Ordenamiento Jurídico de Niñas. Niños y Personas Adolescentes
Especialista en docencia universitaria
Master en Derechos Humanos y Educación para la Paz
Académico Jubilado de la UCR y de la Universidad Nacional (INEINA)





































