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Trabajadores serían despedidos sin responsabilidad laboral

Empresas incluirían sanciones contra discriminación en reglamentos internos

Compañías tendrán que elaborar procedimiento para castigar

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Miércoles 01 agosto, 2018


Enrique Sánchez en un jardín del congreso
“No se puede plantear la discusión de los derechos humanos como si fuera posible defender unos derechos humanos y otros no”, dijo Enrique Sánchez, diputado del PAC. Esteban Monge/La República


Las empresas estarían obligadas a incluir en sus reglamentos de trabajo una norma que prevenga y sancione la discriminación por orientación sexual, color de piel, sexo o religión, entre otras causas.

Hacer más diversos e inclusivos los entornos de trabajo y erradicar conductas y vocabulario inapropiado, es el objetivo de la propuesta que ya se encuentra en su etapa final de discusión en la Asamblea Legislativa.

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El proyecto sería un complemento de la reforma procesal laboral que empezó a regir hace un año y consideraría la discriminación como una falta grave del empleado, con sanción hasta de despido sin responsabilidad patronal.

Asimismo, establecería nuevos parámetros para el ascenso laboral e incluso de contratación.

En el campo de los empleadores se consideraría discriminación la restricción de la oferta laboral, las diferentes remuneraciones para un mismo puesto, viáticos, comisiones y prestaciones sociales, así como la negativa o limitación, en igualdad de trato y de oportunidades en el acceso a la formación profesional o técnica.

“No se puede plantear la discusión de derechos humanos como si fuera posible defender unos y otros no. Como si se tratara de un asunto de elección. Se defienden todos o no se defiende ninguno. El objetivo de la iniciativa es defender a toda la sociedad de cualquier tipo de discriminación racial, religiosa, cultural, política o relacionada con la orientación sexual, entre otras”, dijo Enrique Sánchez, diputado del PAC.

La propuesta establece que todas las empresas públicas y privadas, deben incluir en sus reglamentos un mecanismo para sancionar y prevenir la discriminación.

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El documento tendría que ser enviado al Consejo Nacional contra la Discriminación, el Racismo y la Intolerancia con el objetivo de que sea validado o ajustado, según sea el caso.

Esta nueva dependencia estatal estaría adscrita al Ministerio de Justicia y tendría un presidente ejecutivo, cuyo periodo de nombramiento abarcaría cinco años.

“Con la reforma procesal laboral quedó claro que las empresas y el gobierno tienen que cambiar una serie de prácticas e incluso requisitos, para promocionar y contratar personal. La idea es mitigar la discriminación en el ámbito laboral. En ese sentido, la ley podría ser un complemento a lo que ya se validó”, dijo Mauricio Castro, abogado laboral.

Por otra parte, existe la posibilidad de que un empleador sea objeto de multa por parte del Estado por permitir la discriminación o por ser omiso en contra de ella.

La ley que discuten los legisladores hace una salvedad con las acciones afirmativas, que son disposiciones tendientes a favorecer a cierto grupo de la sociedad —como podrían ser las mujeres o la comunidad LGTBI—, en el entendido que históricamente han sido vulnerados sus derechos.

La iniciativa se discute en momentos en que Costa Rica vive una avanzada en cuanto a los derechos humanos, impulsada por el colectivo feminista y la comunidad LGTBI.

Precisamente, esta última población está a la espera de que la Sala IV defina —en los primeros 15 días de agosto— si el matrimonio entre personas del mismo sexo es válido en Costa Rica.


¿Qué sería discriminatorio?

La discriminación puede estar basada en motivos de


  • Nacionalidad
  • Edad
  • Sexo
  • Origen étnico racial
  • Color de piel
  • Orientación sexual
  • Identidad y expresión del género
  • Idioma
  • Religión
  • Identidad cultural
  • estado civil
  • Afiliación gremial
  • Opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza
  • Origen social
  • Posición socioeconómica y geográfica
  • Nivel de educación
  • Condición migratoria, de refugio, de asilo o apátrida
  • Discapacidad
  • Características genéticas
  • Condición de salud mental o física

Fuente Proyecto de ley


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