La reciente reforma a la Ley 7786, que incorpora a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (VASPs) al régimen nacional de prevención de legitimación de capitales, era necesaria. Costa Rica debía atender compromisos internacionales derivados de los estándares promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y la ausencia de un marco de supervisión AML/CFT para esta actividad representaba un riesgo para la credibilidad del sistema financiero nacional.
Sin embargo, conviene reconocer que esta reforma responde principalmente a una obligación internacional y no constituye, por sí sola, una política pública integral para la economía digital. En la práctica, Costa Rica ha comenzado regulando los riesgos asociados a la industria antes de definir una estrategia para impulsar su desarrollo.
No deja de ser significativo que el primer reconocimiento legislativo expreso de los proveedores de servicios de activos virtuales provenga de una reforma vinculada a la prevención de la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, y no de una iniciativa orientada a la innovación, la competitividad o la transformación digital. Ello refleja que el debate ha estado dominado por la gestión del riesgo más que por una visión de desarrollo económico, seguridad jurídica e innovación.
La reforma incorpora obligaciones de debida diligencia, monitoreo de operaciones, evaluación de riesgos y reportes de operaciones sospechosas. No obstante, persisten interrogantes fundamentales para la consolidación del ecosistema, por ejemplo: ¿qué es exactamente un activo digital bajo el ordenamiento jurídico costarricense?, ¿cómo deben diferenciarse Bitcoin, las stablecoins, los utility tokens, los security tokens o los activos tokenizados?, ¿qué actividades requieren autorización específica?, ¿cómo se regularán la custodia digital y la tokenización de activos reales?
En otras palabras, se establecen obligaciones regulatorias sobre una actividad cuya arquitectura jurídica aún se encuentra en construcción. La propia reforma aclara que la inscripción ante la autoridad supervisora no constituye una autorización para operar. Esa situación genera incertidumbre para emprendedores, inversionistas y usuarios que requieren reglas claras para tomar decisiones de largo plazo.
También permanece abierta la discusión sobre la proporcionalidad regulatoria. No todos los actores del ecosistema presentan los mismos riesgos. Una plataforma que facilita pagos cotidianos de bajo valor no necesariamente debería enfrentar las mismas exigencias que un operador que administra grandes volúmenes de activos de terceros. Precisamente, uno de los principios promovidos por el GAFI es el enfoque basado en riesgo, cuya aplicación práctica será determinante para el éxito del nuevo marco regulatorio.
Además, los activos digitales no son únicamente un fenómeno financiero. Su adecuada regulación exige comprender áreas como criptografía, ciberseguridad, infraestructura digital, sistemas distribuidos, identidad digital y gobernanza tecnológica. Por ello, varias jurisdicciones han evolucionado hacia modelos institucionales especializados capaces de integrar capacidades técnicas multidisciplinarias.
Mientras Costa Rica continúa concentrando buena parte de la discusión en la gestión del riesgo, la economía digital global avanza hacia la tokenización de activos, la interoperabilidad financiera y los contratos inteligentes. América Latina compite cada vez más por atraer talento, inversión y empresas tecnológicas vinculadas a una industria que ya forma parte de la economía mundial.
La experiencia internacional demuestra que la seguridad jurídica es indispensable, pero también que una regulación excesivamente compleja puede convertirse en una barrera para la innovación. El desafío no consiste en elegir entre regulación o libertad, sino en construir reglas proporcionales, tecnológicamente neutrales y capaces de proteger a los usuarios sin desalentar el desarrollo económico.
La reforma a la Ley 7786 era necesaria porque aborda una dimensión fundamental: la gestión del riesgo. Sin embargo, la oportunidad más importante es definir una estrategia nacional que permita aprovechar el potencial económico de las tecnologías emergentes. En ese contexto, ya se discute una propuesta de Ley Marco de Soberanía Digital y Tecnologías Emergentes impulsada por la Cámara Costarricense de Blockchain, IA y Tecnologías Emergentes (CBIAT), orientada a desarrollar una política pública integral para los activos digitales, la identidad digital, la inteligencia artificial y otras tecnologías emergentes. Su punto de partida se sostiene en la necesidad de que los derechos y libertades que protegemos en el mundo físico puedan ser ejercidos el entorno digital dentro de un marco de seguridad jurídica y protección efectiva.
Existe una diferencia importante entre regular una actividad económica e impedir su integración al sistema formal. Los sectores que cuentan con reglas claras y acceso institucional tienden a formalizarse; aquellos que permanecen excluidos generan menor visibilidad para las autoridades y reducen la capacidad de supervisión efectiva.
Costa Rica ya tomó una decisión al cumplir con los estándares internacionales. Cumplir con GAFI era necesario. Construir una visión nacional para el desarrollo de la economía digital es ahora imperativo.
MSc. Stephanie Sánchez Duarte. Especialista en Activos Digitales, Tecnologías Emergentes e Industrias Altamente Reguladas





































