El Ministerio de Hacienda recibirá información relevante de cada municipalidad del país.
En 2021 se publicó una resolución similar a la que comentamos hoy, pero dos factores impidieron su implementación: el caso Diamante, que distrajo la atención de muchos consejos municipales y alcaldes involucrados en escándalos mediáticos y judiciales, y la falta de recursos informáticos para manejar la gran carga de información que exige esta normativa.
Las municipalidades estarán en obligación de preparar y mantener actualizada información fiscal relevante de su cantón. Estas deberán identificar signos externos de actividad económica y posibles indicios de riqueza de los contribuyentes, información que con Tribu CR se contrastará con las declaraciones de los mismos contribuyentes.
Este ejercicio de inteligencia fiscal acerca a la Administración Tributaria a los hechos generadores, a través de las 82 administraciones tributarias municipales, y al mismo tiempo permite a las municipalidades mejorar la recaudación de cánones, tasas de permisos y otros ingresos que engrosarán su recaudación.
Las municipalidades deberán entregar información actualizada sobre:
- Valores de bienes inmuebles: Incluyendo sus características y naturaleza. Esto refuerza el control de impuestos como el de traspaso de bienes inmuebles y sirve de base para calcular ganancias o pérdidas de capital, dependiendo si los bienes están o no afectos a actividad económica o al impuesto sobre la renta.
- Permisos de construcción: Datos clave para detectar signos de riqueza y validar la procedencia fiscal de los fondos usados por el beneficiario final del inmueble, así como su correspondencia con ingresos declarados.
- Actividades económicas: Permisos municipales de funcionamiento (patentes y licencias), que deben coincidir con la inscripción del contribuyente ante la Administración Tributaria. Esto permite combatir la omisión, uno de los principales problemas del sistema fiscal.
Un aspecto clave de la resolución es el principio de reciprocidad: las municipalidades también se beneficiarán de la información recabada por la Dirección General de Tributación, fortaleciendo así su gestión fiscal. Esto exige al contribuyente coherencia en la información presentada tanto a Tributación como a su municipalidad.
Este “cubo Rubik” de información, requiere una especial atención de los contribuyentes para que la información en manos de la Administración sea coherente y cierta. Esta resolución se une a las otras que se han publicado y se publicarán para la entrada de TRIBU – CR, que tendrán como efecto una Administración Tributaria empoderada de datos e inteligencia artificial; con
correlaciones que darán alarmas respecto de aquellos asuntos que puedan no tener correspondencia con la situación del sujeto pasivo tributario.
La periodicidad de la información sobre inmuebles y permisos de construcción será de carácter semestral y deberá presentarse por parte de las municipalidades a más tardar el 15 de julio para los datos del primer semestre y el 15 de enero para los datos del segundo semestre.
La información relativa a patentes, permisos y licencias de funcionamiento será trimestral con corte en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre, debiendo presentarse el día quince naturales posteriores al cierre de cada semestre.
Las municipalidades que incumplan con el envío de información serán sancionadas según el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Las multas van de tres a cien salarios base, y en la mayoría de los casos se aplicará la sanción máxima debido al nivel de ingresos municipales.
Estas nuevas obligaciones exigen dotar a las municipalidades de personal capacitado y recursos, complementando la tecnología que proveerá Tribu CR. Los presupuestos municipales deberán ajustarse según el tamaño del cantón, el volumen de actividad comercial y la frecuencia de construcción. También deberán contar con el personal capacitado para atender al público contribuyente y los incidentes jurídicos que puedan resultar de las discrepancias entre las municipalidades y los contribuyentes.
Para los contribuyentes, el reto es prepararse ante la gran cantidad de datos que Tribu CR centralizará. Será fundamental identificar posibles riesgos derivados de discrepancias entre los datos de terceros y la información propia.
Con la entrada de Tribu CR en agosto, enfrentamos una reforma fiscal de hecho, no tributaria, pero que tendrá indudablemente un efecto en una diversidad múltiple de impuestos hasta ahora menores o inclusive en renta e IVA.
No piense que Tribu CR es solo una versión renovada del ATV. Es una poderosa herramienta de gestión inteligente de datos tributarios. Prepárese.
En Grupo Camacho Internacional estaremos gustosos de ayudarle a comprender lo que este cambio significa para usted o su negocio.


































