Intermanagement Costa Rica S.A.
Cédula Jurídica: 3-101-361039
En su condición de Fiduciario del contrato de Fideicomiso de Garantía denominado: “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO”
Se permite comunicar que, en cumplimiento del contenido establecido dentro del contrato privado de Fideicomiso de Garantía denominado “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO”, y a solicitud del Fideicomisario-Acreedor Banco de Costa Rica, cédula jurídica número cuatro – cero cero cero cero cero cero cero diecinueve – cero nueve, se procederá a subastar conjuntamente, como unidad funcional, las siguientes propiedades: i. La finca de San José número ciento noventa y dos mil seiscientos cincuenta y uno – F -, derecho cero cero cero, ubicada en la provincia de San José, corresponde a la finca filial número cuatrocientos siete, identificada como FF-BN diez-R-doce, destinada a uso residencial, ubicada en la planta nivel diez del edificio B, en proceso de construcción, situada en el distrito segundo – Cinco Esquinas, cantón décimo tercero – Tibás, de la provincia de San José, con una medida de cincuenta y siete metros cuadrados, sin segregaciones, con un valor porcentual de cero punto uno dos tres siete seis y valor de medida de cero punto cero cero cero nueve dos nueve cuatro, inscrita bajo el plano SJ-2179495-2020 y con antecedente en la finca número cien millones cuatro mil setecientos ochenta y dos M en folio real; sus linderos son al norte: con vacío y con la finca filial FF-BN diez-R-nueve en parte, al sur: con área común construida destinada a pasillo y con área común construida destinada a ducto, al este: con área común construida destinada a cuarto de aseo, área común construida destinada a ducto, área común construida destinada a pasillo y con vacío en parte, y al oeste: con la finca filial FF-BN diez-R-trece; presenta un valor fiscal de setenta y cinco millones novecientos setenta y siete mil trescientos veinticuatro colones, siendo propietaria Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y un mil treinta y nueve, en calidad de fiduciario, con una estimación de precio de ciento cuarenta y tres mil seiscientos dólares, inscrita mediante la presentación dos mil veinticuatro - cero cero cuatrocientos ochenta y nueve mil ciento diecinueve - cero uno, el trece de agosto de dos mil veinticuatro, sin anotaciones sobre la finca y con gravámenes consistentes en servidumbres trasladadas, sin cancelaciones parciales. ii. La finca de San José número ciento noventa y tres mil ciento veintitrés – F -, derecho cero cero cero, ubicada en la provincia de San José, corresponde a la finca filial número ochocientos setenta y nueve, identificada como FF-ES uno-P cero cincuenta, destinada a estacionamiento, ubicada en la planta nivel sótano uno del edificio de estacionamiento, en proceso de construcción, situada en el distrito segundo – Cinco Esquinas, cantón décimo tercero – Tibás, de la provincia de San José, con una medida de catorce metros cuadrados, sin segregaciones, con un valor porcentual de cero punto cero tres cero seis uno y valor de medida de cero punto cero cero cero dos tres tres cinco, inscrita bajo el plano SJ-2153102-2019 y con antecedente en la finca número cien millones cuatro mil setecientos ochenta y dos M en folio real; sus linderos son al norte: con vacío, al sur: con la finca filial FF-ES uno-P cero cincuenta y uno, al este: con vacío, y al oeste: con área común construida destinada a acceso vehicular; presenta un valor fiscal de cuatro millones ciento setenta y nueve mil ochocientos once colones, siendo propietaria Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y un mil treinta y nueve, en calidad de fiduciario, con una estimación de precio de siete mil novecientos dólares, inscrita mediante la presentación dos mil veinticuatro - cero cero cuatrocientos ochenta y nueve mil ciento diecinueve - cero uno, el trece de agosto de dos mil veinticuatro, sin anotaciones sobre la finca y con gravámenes consistentes en servidumbres trasladadas, sin cancelaciones parciales. En las oficinas de este Fiduciario, ubicadas en: San José, Sabana Sur, detrás de la Contraloría General de la República, Oficentro Ejecutivo La Sabana, Edificio Seis, Quinto Piso. Primer remate: Se llevará a cabo el 07 de setiembre de 2026, a las 10:30 horas, con una base de setenta y dos millones ciento treinta y cinco mil ochocientos veintiséis colones con diecinueve céntimos (₡72,135,826.19) (moneda de curso de la República de Costa Rica). Segundo remate: De no haber postores, se procederá a llevar a cabo un segundo remate del patrimonio indicado, para lo cual se señala el 16 de setiembre de 2026, a las 10:30 horas, con una base de cincuenta y cuatro millones ciento un mil ochocientos sesenta y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (₡54,101,869.64) (moneda de curso de la República de Costa Rica), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) menos de la base original; siguiendo el mismo procedimiento establecido para el primer remate. Tercer remate: De no haber postores, se procederá a llevar a cabo un tercer remate del patrimonio indicado, para lo cual se señala el 24 de setiembre de 2026, a las 10:30 horas, con una base de dieciocho millones treinta y tres mil novecientos cincuenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos (₡18,033,956.55) (moneda de curso de la República de Costa Rica), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) de la base original. Condiciones generales para las subastas: En cualquier momento antes de realizarse la subasta, el Fideicomitente podrá pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasionados, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta. El Patrimonio Fideicometido podrá ser comprado por quien realice la mejor oferta, ya sea por terceros o por el Fideicomitente. No se admitirán ofertas que no cubran la base. Para participar en la subasta, dentro de la hora inmediata anterior a la apertura de ofertas, el postor deberá depositar ante el Fiduciario un cincuenta por ciento (50%) del precio base del Patrimonio Fideicometido, mediante cheque certificado o cheque de gerencia a la orden del Fiduciario, emitido por un banco del Sistema Bancario Nacional, y señalar un lugar o medio para atender notificaciones. El depósito será considerado parte del precio a pagar en caso de adjudicación; no se admitirán postores que no hayan cubierto la totalidad del depósito previo ni aquellos que lo hayan hecho a destiempo. La Fideicomisaria Principal (Banco de Costa Rica) no estará obligada a efectuar depósito para participar siempre que su oferta sea en abono a su crédito; si el monto ofrecido supera lo adeudado, deberá depositar la diferencia dentro del tercer día, o el remate se declarará insubsistente. Quien se adjudique el Patrimonio Fideicometido deberá pagar al Fiduciario el precio total ofrecido dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, mediante cheque certificado o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; de no hacerlo, el remate se declarará insubsistente y el Fiduciario entregará un treinta por ciento (30%) del depósito a la Fideicomisaria Principal como indemnización fija de daños y perjuicios, abonándose el resto al crédito garantizado. Si en el Primer remate no hay postores, se realizará el Segundo remate a más tardar cinco (5) días hábiles después, con una base de un veinticinco por ciento (25%) menos de la base original. Si en el Segundo remate no hay postores, la Fideicomisaria Principal podrá adjudicarse el Patrimonio Fideicometido por el setenta y cinco por ciento (75%) de la base original, en cuyo caso no habrá Tercer remate; de no adjudicarse, se realizará el Tercer remate a más tardar cinco (5) días hábiles después del segundo, iniciando con un veinticinco por ciento (25%) de la base original. Tanto para el Segundo como para el Tercer remate el postor deberá depositar la totalidad de la base correspondiente. Si en el Tercer remate no hay postores, el Patrimonio Fideicometido se tendrá por adjudicado a la Fideicomisaria Principal por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. En cualquiera de los remates, la Fideicomisaria Principal podrá adjudicarse el Patrimonio Fideicometido cuando no se presenten postores, cuando las ofertas no cubran la base, o cuando el adjudicatario no realice el pago ofrecido; asimismo, podrá ceder a terceros, total o parcialmente, su derecho de adjudicación. Toda prórroga o cambio de fecha del Segundo o Tercer remate deberá notificarse al Fideicomitente y publicarse nuevamente en un periódico de circulación nacional. Una vez celebrado el remate, el Fiduciario quedará a disposición del adjudicatario para firmar la escritura de traspaso correspondiente una vez cancelado el precio total ofrecido, y liquidará el producto de la subasta cubriendo, en su orden: los honorarios y gastos del Fiduciario y del proceso de ejecución, los honorarios del notario público ejecutor, y el saldo adeudado a la Fideicomisaria Principal por concepto de principal, intereses, comisiones y demás gastos garantizados por este Fideicomiso; el remanente, si lo hubiera, se entregará al Fideicomitente, salvo que exista algún impedimento legal. Los gastos y honorarios de la venta correrán por cuenta del adjudicatario respectivo, y la escritura de traspaso se otorgará ante el notario público que designe el Fiduciario. Cualquier solicitud de información deberá dirigirse a cobrojudicial@bdo.cr. Responsable: Daniel Quesada Quirós. Publíquese dos veces, en días consecutivos.




































