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Contabilidad debe estar lista para una auditoría externa o de Hacienda

¡Cierre fiscal se avecina! Grant Thornton aconseja a los empresarios prepararse y empezar el 2023 sin pendientes

Declaración del impuesto de la renta debe presentarse a partir del 1 de enero y pagarse a más tardar el 15 de marzo

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Miércoles 14 diciembre, 2022


German Morales
“Las personas no deben dejar nada pendiente este cierre de año y así comenzar el año más tranquilo, con una contabilidad que puede soportar una auditoría de Hacienda o externa”, aseguró German Morales, socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton.


Una serie de obligaciones tributarias deberán cumplir los empresarios a partir del 1 de enero al presentar la declaración de impuesto sobre la renta.

La preparación de la información contable y financiera es sumamente importante para cumplir con los requerimientos de este período fiscal; el cual, tendrá como fecha límite el 15 de marzo.

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Tener la documentación de gastos deducibles y no deducibles, una justificación apropiada de los ingresos no gravables, verificar los saldos a favor y adelantos del impuesto, son algunas de las recomendaciones para las personas físicas y jurídicas.

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Además, se debe mantener el respaldo de todos los saldos y transacciones que se incorporen en la declaración del impuesto sobre la renta.

Conservar las facturas, contratos, informes de servicios y cualquier otra documentación que sea relevante para justificar la veracidad de las transacciones y su vinculación con el giro de negocio del contribuyente, son otras recomendaciones.

“Las personas no deben dejar nada pendiente y al llegar el 31 de diciembre, se debe cerrar bien para arrancar el año más tranquilo, con una contabilidad que puede soportar una auditoría de Hacienda o externa”, aseguró German Morales, socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton.

Por otra parte, es necesario revisar bien los ingresos y gastos y si existe alguna posibilidad de ahorrar mediante normas legales hacerlo.

El próximo 31 de diciembre vencerá el plazo para que los contribuyentes inscritos realicen el tercer pago parcial, sin intereses.

Los pagos parciales se realizaron en julio, setiembre y ahora en diciembre y sirven para que el contribuyente pueda cancelar sin comprometer su flujo de caja y no tener que hacer un solo desembolso al final.

Las personas que cancelen después del 15 de marzo se exponen a una multa equivalente al 1% por cada mes o fracción de mes sobre el monto adeudado, con un tope del 20%, según lo establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Recuerde que es muy importante no cometer errores contables que puedan hacerlo incurrir en contratiempos, atrasos, errores ni multas.

“Siempre es recomendable apoyarse con su contador o consultor de confianza. Esto es especialmente necesario si se poseen transacciones de importes elevados o si la operativa del contribuyente es compleja, ya que el apoyo de un asesor puede reducir los errores u omisiones, y así evitar contingencias fiscales en un eventual proceso de fiscalización”, concluyó Morales.


Ante el cierre fiscal


Estos son algunos de los consejos que brindan los expertos de Grant Thornton.

• Debe reportar los saldos y transacciones del período comprendido entre enero a diciembre del 2022
• La declaración y el pago del impuesto se pueden realizar desde el 1 de enero del 2023 y hasta el 15 de marzo del mismo año
• El pago puede realizarse desde conectividad bancaria.
• Todo gasto de su compañía debe estar estrechamente relacionado con la generación de ingresos gravables, para que estos sean deducibles
• Los gastos deben corresponder al periodo fiscal actual y estar respaldados por un comprobante electrónico autorizado


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