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Uber vs. Colombia: Lecciones para aprender

Mauricio París mparis@ecija.com | Martes 28 enero, 2020

parís

Agarrar para su saco, eso es lo que tiene que hacer el Gobierno de Costa Rica con respecto a lo que está sucediendo en Colombia en relación a la plataforma Uber.

Después de una larga y desgastante carrera de obstáculos, el 20 de diciembre de 2019, Uber fue invitado a salir luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenara el cese de sus operaciones en Colombia, y a los operadores de telefonía, bloquear el acceso a la aplicación. Ante este escenario, Uber finalmente capituló y comunicó a sus usuarios que el 31 de enero del 2020 será el último día de su atormentado periplo colombiano.

¿Qué fue lo que pasó? Desde 2016 la principal operadora de taxi tradicional inició un procedimiento ante la SIC contra Uber, reclamando la existencia de prácticas de competencia desleal, por ser Uber un participante del mercado de transporte que no cumple con los requisitos formales que se requieren para serlo. En criterio de la SIC, Uber no es una simple plataforma digital que conecta choferes con usuarios, sino que es un participante directo del mercado, por cuanto el servicio que presta no es a los conductores, sino a los usuarios, que son a quien Uber cobra sus servicios. Si bien la SIC no es un órgano judicial, es el órgano administrativo encargado de la aplicación de la legislación de competencia en dicho país. Aunque la resolución sea recurrida por la empresa ante los tribunales judiciales, dicho recurso no suspendería los efectos de la orden de cese.

¿Es este el fin de la historia? Definitivamente no. Uber ha anunciado públicamente, y ha notificado al Gobierno de Colombia, por intermedio de su presidente, que, de no llegarse a una negociación satisfactoria, su intención es iniciar un arbitraje de inversión contra Colombia por estos hechos, que califica como medidas arbitrarias y discriminatorias, incompatibles con las obligaciones adquiridas por Colombia en el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América. Alega también Uber que la orden de bloqueo de la aplicación constituye un acto de censura que atenta contra los instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen la neutralidad, la libertad de expresión y de uso del Internet.

En el caso colombiano no hay ganadores. No ganan los taxistas, ya que tanto choferes como usuarios probablemente migrarán a cualquiera de las 7 plataformas adicionales que existen en dicho país y a las que dicha medida no afecta, no ganan los usuarios, que verán limitado su derecho a elegir un servicio, pero tampoco gana el país, que dejará de percibir los cerca de USD$6 millones que Uber había ayudado a recaudar por concepto de IVA, ni ganan los usuarios, y se expondrá a un costoso proceso arbitral con el riesgo de verse condenado al pago de una millonaria indemnización.

Ejemplo. El caso colombiano es un buen ejemplo para Costa Rica de qué sucederá si en algún momento se llega a prohibir el uso de la plataforma, como reiterada e infundadamente exigen los gremios de los taxistas. Las obligaciones contenidas para Colombia en el TLC con los Estados Unidos son prácticamente idénticas a las que contiene el CAFTA entre Centroamérica y los Estados Unidos, por lo que, como se ha venido advirtiendo desde hace años, Costa Rica se expone a un arbitraje de inversión con un riesgo significativo de terminar siendo condenada por irrespetar sus obligaciones comerciales internacionales.

El riesgo de un arbitraje, y aún más, de una condena desfavorable, se agravaría si la Asamblea Legislativa llegase a aprobar el Proyecto de ley 21.228 para regular los servicios de transporte prestados mediante plataformas tecnológicas, presentado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes en compadrazgo con los gremios de taxistas, mediante el cual, además de imposibilitar la operación a los conductores que utilicen estas plataformas, se pretende imponer a Uber específicamente un canon de 13.5 millones de dólares por haber iniciado su operación previo a que la regulación se llegue a dictar.

Si la decisión del país es regular la actividad, es momento de que se haga sin posiciones populistas, que resulten en beneficio de los usuarios, que no generen desempleo y que permitan que el Gobierno recaude fondos que contribuyan a la comprometida situación fiscal por la que pasa el país.








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