Nacional limita compra y venta de dólares
Wilmer Murillo wmurillo@larepublica.net | Viernes 25 enero, 2008
Nacional limita compra y venta de dólares
• Quienes deseen más de $2 mil tendrán que hacerse clientes del banco
Wilmer Murillo
wmurillo@larepublica.net
Como una medida para evitar el lavado de dinero, el Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) adoptó la decisión de limitar a $2 mil la compra o venta de dólares a quienes no sean sus clientes.
En días recientes se hicieron denuncias contra el banco por las limitaciones que impuso a la venta de dólares, ante lo cual aclaró que se trata de prevenir eventuales incumplimientos a la ley de legitimación de capitales.
No obstante, esta limitación se aplica solamente a personas o empresas que no sean clientes de la institución, se informó ante consultas de LA REPUBLICA.
“Respecto a la venta de dólares en el Banco Nacional se dispuso poner un límite de $2 mil para compra o venta de dólares a no clientes, con el fin de prevenir eventuales incumplimientos a la Ley 8204 de Legitimación de Capitales”, informó el Banco.
Para transacciones mayores a $2 mil se pide que la persona o empresa tenga cuenta en el Banco, lo que permite aplicar la normativa de la Superintendencia General de Entidades Financiera (SUGEF) denominada “Conozca su Cliente”.
El Nacional informó por otra parte que “para nuestros clientes no hay límite en la compra y venta de dólares”.
La entidad indicó que lo que se quiere evitar con esta medida es que fraccionando las transacciones, alguna persona pueda superar el monto de $10 mil sin declarar el origen o destino de sus fondos.
Esta política rige tanto para la compra como para la venta de dólares.
“Cualquier transacción debe reportarse por prevención contra el lavado de capitales”, señaló Francisco Araya, jefe de Relaciones Corporativas de la entidad.
Aparentemente hay personas y empresas que a través de pequeñas transacciones suman compras o ventas de más de $10 mil y logran evadir la obligación de reportar las operaciones a las autoridades y el origen y destino de los fondos.
Las estadísticas revelan que alrededor del 70% de los delitos financieros detectados y comprobados por el Organismo de Investigación Judicial se basaron en reportes de las instituciones bancarias y financieras.
• Quienes deseen más de $2 mil tendrán que hacerse clientes del banco
Wilmer Murillo
wmurillo@larepublica.net
Como una medida para evitar el lavado de dinero, el Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) adoptó la decisión de limitar a $2 mil la compra o venta de dólares a quienes no sean sus clientes.
En días recientes se hicieron denuncias contra el banco por las limitaciones que impuso a la venta de dólares, ante lo cual aclaró que se trata de prevenir eventuales incumplimientos a la ley de legitimación de capitales.
No obstante, esta limitación se aplica solamente a personas o empresas que no sean clientes de la institución, se informó ante consultas de LA REPUBLICA.
“Respecto a la venta de dólares en el Banco Nacional se dispuso poner un límite de $2 mil para compra o venta de dólares a no clientes, con el fin de prevenir eventuales incumplimientos a la Ley 8204 de Legitimación de Capitales”, informó el Banco.
Para transacciones mayores a $2 mil se pide que la persona o empresa tenga cuenta en el Banco, lo que permite aplicar la normativa de la Superintendencia General de Entidades Financiera (SUGEF) denominada “Conozca su Cliente”.
El Nacional informó por otra parte que “para nuestros clientes no hay límite en la compra y venta de dólares”.
La entidad indicó que lo que se quiere evitar con esta medida es que fraccionando las transacciones, alguna persona pueda superar el monto de $10 mil sin declarar el origen o destino de sus fondos.
Esta política rige tanto para la compra como para la venta de dólares.
“Cualquier transacción debe reportarse por prevención contra el lavado de capitales”, señaló Francisco Araya, jefe de Relaciones Corporativas de la entidad.
Aparentemente hay personas y empresas que a través de pequeñas transacciones suman compras o ventas de más de $10 mil y logran evadir la obligación de reportar las operaciones a las autoridades y el origen y destino de los fondos.
Las estadísticas revelan que alrededor del 70% de los delitos financieros detectados y comprobados por el Organismo de Investigación Judicial se basaron en reportes de las instituciones bancarias y financieras.