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Mismo trato para cotizantes asalariados e independientes, piden Contadores Públicos

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Lunes 26 abril, 2021 10:35 a. m.


Personas sentadas en sillas
Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República


La polémica que ha surgido recientemente por el Reglamento para la Afiliación de Trabajadores Independientes, que impulsa la Caja, da pie a que actores como el Colegio de Contadores Públicos den su punto de vista sobre qué se debe hacer en este tema.

Su primer punto es que el trabajo debe ser tratado igual con independencia de si es asalariado o independiente; eso quiere decir que no exista una desproporcionalidad entre lo que cotizan ambos.

En ese sentido, nueve de cada diez trabajadores independientes cotiza en un porcentaje menor o similar que los asalariados, defiende la Caja; sin embargo, hay cálculos de que hay contribuciones de los independientes de hasta un 18,8% de ingresos netos contra un 10,5%, de los asalariados.

Aunque en la Caja afirman que esos últimos casos son la minoría.

La crítica surge porque, según los contadores, en el reglamento que propone la Caja, no se sigue la igualdad que se pregona en la Constitución Política.

"No hay explicación legal para que se fijen porcentajes diferentes a los trabajadores que trabajan por su propia cuenta con relación a los trabajadores asalariados; haciendo más altas las cuotas a pagar por ser un trabajador independiente violándose ese principio constitucional", dijo Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Otro cuidado que debe darse, en su criterio, es en la definición de trabajador independiente. El proyecto de la Caja realiza esta descripción:

“Persona física que desarrolla de forma autónoma una actividad o trabajo generador de ingresos de carácter no salarial. Es la propietaria que ejerce el control de las actividades y sin subordinación toma las decisiones más importantes de una unidad económica. Puede trabajar sola o con la colaboración de otros trabajadores independientes y proporcionar o no trabajo a terceros”.

No obstante, eso justamente abre la puerta a que se le contemplen como ingresos por trabajo, temas no vinculados, como rentas pasivas, según Smith.

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"Es muy importante dejar claro quién es trabajador independiente para que no se den arbitrariedades. Se debe dar la oportunidad de cumplir el principio de seguridad jurídica, con base en el cual cada inicio de año, se fije un monto de cuota único, que no podrá variar en el año y si los ingresos aumentaron, al siguiente año la fijación de la cuota será mayor, pero siempre fija", sugirió Smith.

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Ante ello, piensan que debe establecerse una declaración auto liquidativa, que implique una fecha para presentar la declaración y un formulario para presentarlo, pues los ingresos de las personas que trabajan por cuenta propia varían según la demanda y el servicio que prestan.


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