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Edicto: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación

Comunicados Digitales miguelibarra.asesor@larepublica.net | Lunes 10 junio, 2024


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Canva / La República


Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación

EDICTO

Se hace saber que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, está llevando a cabo las diligencias de expropiación en contra de un BIEN INMUEBLE SIN INSCRIBIR, situado en distrito 2 Batan, cantón 5 Matina de la Provincia de Limón, cuya posesión la indica tener la señora Mayra Georgina Salgado cédula de residencia Na155814480813, cuyas diligencias son necesarias para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Proyecto Ampliación y Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 32. Carretera Braulio Carrillo. Tramo 4. PSV BARBILLA” y son conocidas en el expediente administrativo N° SABI 2022-196. En razón de lo anterior, se procede a notificar mediante el presente Edicto, la emisión de la Resolución Administrativa número N° 2022-001403 día 25 de octubre de 2022, publicada en el Alcance N° 236 del periódico oficial La Gaceta” N° 211 del día 04 de noviembre de 2022 y modificación de la misma, vista en el resolución ministerial N° 2024-000373 del día 5 de marzo de 2024, publicada en el Alcance N° 56 del periódico oficial “La Gaceta” N° 50 del día 15 de marzo de 2024, indicándose que se requiere expropiar un área de terreno de 9 metros cuadrados según plano N° 7-49054-2023, para la ejecución del proyecto: “Proyecto Ampliación y Rehabilitación de la Ruta Nacional N° 32. Carretera Braulio Carrillo. Tramo 4. PSV BARBILLA”. Asimismo, se comunica que mediante avalúo administrativo actualizado Na°2024-042 de fecha 9 de abril de 2024, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, determinó que el valor de la franja a expropiar de dicha finca es de ¢502.128, 00 (quinientos dos mil ciento veintiocho colones exactos).

Finalmente, se hace saber que la presente Administración expropia la finca en las condiciones actuales, determinando que la posesión la ostenta Mayra Georgina Salgado cédula de residencia Na155814480813, sin embargo, al no constar la existencia de las respectivas diligencias en sede judicial para el proceso de información posesoria en su favor, se considera importante, por este medio, comunicar a cualquier interesado de la expropiación que afecta la finca para que pueda hacer valer sus derechos si así lo desea y con ello ser parte del proceso en mención .

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En virtud de lo anterior, y siendo que quien posee la titularidad en la materialidad del bien, no aporta documentos necesarios para corroborar su legitima posesión en el bien inmueble afectado y tampoco consta a esta Administración la apertura de un proceso de información posesoria que sustente el hecho de posesión que nos ocupa, en este acto, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Expropiaciones, se emplaza por 3 días, a partir de la última publicación del edicto, para que cualquier interesado, formule ante éste Ministerio cualquier apersonamiento formal y legal respecto al inmueble objeto de expropiación, de lo contrario se les advierte que una vez transcurrido este plazo,se continuará con las diligencias de expropiación conforme a la Ley. PUBLIQUESE. San José, 29 de mayo del 2024.

Mauricio Batalla Otárola

MINISTRO


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