FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta mil seiscientos sesenta y ocho, domiciliada en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha, entidad Fiduciaria del FIDEICOMISO DE GARANTÍA denominado como “SERRANO SOLANO- CASTRO GARNIER- IMPROSA” suscrito para garantizar obligaciones otorgadas a favor de BANCO IMPROSA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y nueve mil seis, domiciliada en San José, Barrio Tournón, costado sur del Periódico La República, comunica que, con fundamento en la cláusula 3.03 del Contrato de Fideicomiso indicado, BANCO IMPROSA SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó la PRIMERA SUBASTA de los siguientes inmuebles: A) Finca del Partido de CARTAGO, Matrícula número: DOSCIENTOS SIETE MIL CIENTO DIEZ-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Bloque C, lote uno, terreno para construir; situada en Distrito quinto (Llanos) Cantón segundo (Paraíso) de la Provincia de CARTAGO; linderos: Norte: Línea férrea; Sur: Lote C dos; Este: Terreno destinado a calle pública y terreno destinado a parque; y Oeste: Fiduciaria Castro Garnier, Sociedad Anónima; medida: ochocientos cuarenta y cinco metros con diecinueve decímetros cuadrados; Plano Catastrado: C- uno uno dos ocho uno cero cinco- dos mil siete; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: uno) Servidumbre trasladada inscrita a las doscientos cincuenta y ocho- cero cinco mil ciento veintiocho- cero uno- cero novecientos diez- cero cero uno, dos) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos uno- cero tres mil ciento veintinueve- cero uno- cero novecientos uno- cero cero uno y tres) Servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita a las citas cuatrocientos noventa y uno- diecisiete mil quinientos setenta y nueve- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno, B) Finca del Partido de CARTAGO, Matrícula número: DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Terreno para construir, lote uno, bloque F; situada en Distrito quinto (Llanos) Cantón segundo (Paraíso) de la Provincia de CARTAGO; linderos: Norte: Línea férrea; Sur: Lote dos bloque F; Este: Calle pública y Oeste: Municipalidad de Paraíso; medida: trescientos setenta y ocho metros cuadrados; Plano Catastrado: C- uno siete cinco cero uno ocho siete- dos mil catorce; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: uno) Servidumbre trasladada inscrita a las doscientos cincuenta y ocho- cero cinco mil ciento veintiocho- cero uno- cero novecientos diez- cero cero uno, dos) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos uno- cero tres mil ciento veintinueve- cero uno- cero novecientos uno- cero cero uno, tres) Servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita a las citas cuatrocientos noventa y uno- diecisiete mil quinientos setenta y nueve- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno y cuatro) Servidumbre de Aguas Pluviales inscrita a las citas dos mil catorce- doscientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno y C) Finca del Partido de CARTAGO, Matrícula número: DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Terreno para construir, lote dos, bloque F; situada en Distrito quinto (Llanos) Cantón segundo (Paraíso) de la Provincia de CARTAGO; linderos: Norte: Lote uno bloque F; Sur: Municipalidad de Paraíso; Este: Calle pública y Oeste: Municipalidad de Paraíso; medida: trescientos noventa metros cuadrados; Plano Catastrado: C- uno seis nueve uno dos cuatro seis- dos mil trece; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: uno) Servidumbre trasladada inscrita a las doscientos cincuenta y ocho- cero cinco mil ciento veintiocho- cero uno- cero novecientos diez- cero cero uno, dos) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos uno- cero tres mil ciento veintinueve- cero uno- cero novecientos uno- cero cero uno, tres) Servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita a las citas cuatrocientos noventa y uno- diecisiete mil quinientos setenta y nueve- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno y cuatro) Servidumbre de Aguas Pluviales inscrita a las citas dos mil catorce- doscientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno. De conformidad con la cláusula 3.03 del FIDEICOMISO DE GARANTÍA identificado como “SERRANO SOLANO- CASTRO GARNIER- IMPROSA”, la base para la subasta de los bienes inmuebles, corresponde a la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS DOLARES CON DIECIOCHO CENTAVOS, ($240.226,18). Se admitirán posturas por los bienes únicamente mediante cheque certificado emitido por cualquier Banco del Sistema Financiero Nacional a favor de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima, entero bancario a la orden de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima o transferencia bancaria a favor de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima y que cubra el cincuenta por ciento de la base. Adjudicados los bienes, el adjudicatario deberá cancelar el saldo de precio de la venta y el monto que corresponda al 100% de gastos, timbres, impuestos y honorarios del traspaso en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de esa adjudicación, todo lo cual deberá cancelar en oficinas de FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicadas en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha. En caso de no entregar el precio más los gastos y honorarios indicados en ese lapso de tres días hábiles la subasta se declarará insubsistente y el adjudicatario perderá su derecho como tal, así como el cincuenta por ciento depositado. El adjudicatario designará al Notario Público que se encargará de la escritura de adjudicación. Los oferentes deberán aceptar los bienes en el estado de uso, conservación y posesión en que se encuentren, debiéndolos inspeccionar previamente y la sola presentación de la oferta implica que conoce y acepta las condiciones de los bienes, relevando a BANCO IMPROSA SOCIEDAD ANÓNIMA y a FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA de toda responsabilidad. Se hace constar que la FIDEICOMITENTE-DEUDORA de las obligaciones podrá pagar totalmente la deuda o llegar a un arreglo de pago con el Banco Acreedor previo a la realización de la subasta. La primera subasta de los bienes inmuebles se fija para las 10:00 horas del día 10 del mes de julio del año 2025 y se realizará en las oficinas de FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha. San José, 01 del mes de julio del año 2025. FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA.




































