Beligerancia política es una zona gris, ¿qué puede y no puede hacer Rodrigo Chaves en campaña política?
Por primera vez en la historia, gobierno estará impedido de transmitir o dar a conocer sus logros en redes sociales
La inhabilitación de Patricia Mora, presidenta del Frente Amplio, para ocupar cargos públicos por los siguientes cuatro años dada a conocer esta semana, pone de relieve la seriedad del delito de beligerancia política antes de las elecciones presidenciales de febrero del 2026.
El anuncio del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), parece de hecho, una advertencia, sobre todo, en momentos en donde la oposición cuestiona una y otra vez al mandatario Rodrigo Chaves de usar el cargo con fines político-electorales.
Sin embargo, lo cierto del caso es que la beligerancia política es una zona gris con una delgada línea.
Se trata de un delito electoral que en esencia prohíbe a los funcionarios utilizar sus cargos para favorecer a algún partido político, o bien dedicar su tiempo de trabajo, o acciones, a participar en discusiones de carácter político-electoral.
En el caso de algunos funcionarios como el presidente, ministros, viceministros, magistrados y otros, la prohibición es todavía más contundente y solo otorga a los jerarcas de los supremos poderes el derecho a votar.
En estos casos, se sanciona incluso si el funcionario revela cuál es el candidato de su preferencia y peor aún, si trata de influir en los votantes.
La sanción es severa, la inhabilitación para ocupar cargos públicos por un periodo que oscila de dos a cuatro años y la destitución inmediata.
En el caso de Chaves, es el único delito electoral que permitiría revocar el mandato de un presidente.
Es por ello, por ejemplo, que Chaves y su equipo de ministros dejó de usar o mencionar el jaguar como distintivo, ya que un grupo emergente llamado Motiva lo asumió como propio.
En ese sentido, la legislación costarricense exige neutralidad absoluta a los funcionarios públicos, en especial a los del más alto nivel del Ejecutivo, para garantizar procesos electorales justos y libres.
“Cualquier asociación, aunque sea visual o simbólica, con un partido político registrado, vulnera dicho principio. De modo que cualquier actuación de una autoridad de gobierno en la que se utilice ese distintivo como emblema podría considerarse un mensaje en favor de dicha agrupación, comprometiendo —de manera cierta, real, efectiva e inminente— el sentido de la restricción constitucional”, advirtió el órgano electoral sobre este tema particular.
Sin embargo, lo más importante para este proceso electoral venidero es que las reglas en torno a la beligerancia serán mucho más estrictas.
El 20 de junio anterior, en una resolución que tomó como base una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el TSE anunció que el gobierno de Chaves tendrá prohibido del todo difundir mensajes que exalten sus atributos o logros durante el proceso electoral que arranca en octubre y termina en febrero o en abril, dependiendo si hay segunda ronda.
La prohibición incluye difusión de la imagen de sus jerarcas durante el proceso electoral y aplica no solo con la publicidad convencional, sino también con posteos en redes sociales, sin importar si son pagados o no, en torno a inauguración de obras, avisos, actividades del quehacer del mandatario y otros.
Hasta la fecha, el TSE había interpretado que las instituciones públicas sí podían divulgar —durante el período de campaña— la obra pública realizada y los logros gubernamentales en sus plataformas digitales, siempre que no mediara pago.
Sin embargo, esa interpretación no se corresponde con el estándar que recientemente ha fijado la Corte IDH. En los casos Capriles vs. Venezuela y Mantilla vs. Nicaragua, se indica que las plataformas y redes sociales de las instituciones públicas deben controlarse, puesto que “podrían convertirse en ventanas de exposición de la opción oficialista o de la candidatura que apoya el gobierno en funciones”.
La decisión del TSE hizo que Chaves explotara y atacara de manera directa al TSE, acusándole de ponerle una mordaza.
Sobre este tema, el mandatario presentó una solicitud de aclaración, pero los magistrados negaron su petición al considerar que la ley y la resolución son claras.
“Decidieron callar al gobierno, a mis colegas ministros y a este servidor, callar, amordazar. Tienen pánico porque el pueblo despertó, porque el pueblo tiene certeza en sus corazones de que el Gobierno está haciendo lo que el pueblo le ordenó (…) Insisten en taparme la boca, a mí y a mis colegas, ahora ordenándonos que no podemos ponernos un pin del símbolo que ustedes compatriotas han acogido como la imagen de un nuevo espíritu nacional”, reclamó Chaves en tono enérgico, al criticar el pronunciamiento del TSE.
Mientras tanto, Pilar Cisneros, figura clave del rodriguismo, señaló que es claro que el TSE y la clase política tradicional están desesperados ante la posibilidad de perder poder.
A seis meses de las elecciones, Chaves, que no es candidato a nada, tiene el respaldo del 60% de los costarricenses, mientras que la candidata oficialista Laura Fernández de Pueblo Soberano triplica (24%) en intención de voto a sus más inmediatos seguidores Fabricio Alvarado de Nueva República y Álvaro Ramos del PLN, quienes apenas tienen 7%.
“Es desesperación pura, porque como saben que el jaguar pegó entre la población, porque es el símbolo de un animal fuerte, poderoso, que defiende su territorio, entonces a toda costa quieren cortarle la cabeza. El rodriguismo ni siquiera va a correr con ese partido, entonces francamente no veo por qué. Pero bueno, desesperación pura del Tribunal Supremo de Elecciones, que como siempre inclina la balanza en contra de nosotros”, afirmó Cisneros.
Así las cosas, el ámbito de acción del mandatario para la campaña electoral sería muy limitado.
Si bien es cierto puede realizar conferencias de prensa y otorgar entrevistas a los medios, queda la duda si puede transmitir las tradicionales conferencias de prensa de los miércoles por redes sociales y canal 13.
Y es que en esos espacios, el mandatario informa sobre los logros del gobierno y las acciones que está tomando en diferentes ámbitos, a la vez que responde a las preguntas de la prensa sobre temas varios.
Precisamente, en esos espacios Chaves ha señalado en múltiples ocasiones que el pueblo costarricense ya despertó y que en febrero, con un lapicero, harán una revolución al elegir 40 diputados.
El Código Electoral establece varias pautas para definir y sancionar la beligerancia política, la cual, en esencia, es aprovecharse del cargo público o utilizar fondos del Estado para hacer campaña a favor de un partido político específico.
| Medida | Explicación |
|---|---|
| ¿A quién cubre? | Todos los empleados públicos tienen prohibido utilizar sus cargos para favorecer a algún partido político o dedicarse, en horas laborales, a trabajos o discusiones de carácter político-electoral. |
| ¿Hay leyes especiales para el presidente y sus minsitros? | Para algunos empleados y funcionarios públicos, expresamente señalados por ley, la restricción es mucho más severa, pues se les prohíbe cualquier tipo de manifestación político-partidaria, inclusive fuera de la jornada laboral. |
La medida incluye al presidente y vicepresidentes, los ministros, viceministros y los miembros activos del servicio exterior, el contralor y subcontralor, así como los magistrados.
El delito de beligerancia política es muy específico en el Código Electoral y se castiga de manera severa.
En cuestión de un mes, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró con lugar tres denuncias por beligerancia política e impuso sanciones a los investigados.