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¿Es el Estado un consumidor responsable?

| Lunes 04 febrero, 2013


El sector público es el mayor consumidor en cualquier país y sus compras pueden superar el 15% del PIB; por lo tanto, tiene el poder para generar cambios en el mercado (¡y debe liderar con el ejemplo!)


¿Es el Estado un consumidor responsable?

Son comunes las protestas contra empresas. Sin entrar en la polémica sobre el impacto socio ambiental de ciertos procesos productivos, debemos asumir nuestro rol como consumidor responsable, de modo que nuestras compras beneficien a las empresas sostenibles.
Consumidores somos los ciudadanos, así como las empresas, que deben velar por el impacto de su cadena de abastecimiento, y el Sector Público. Este último es el mayor consumidor en cualquier país y sus compras pueden superar el 15% del PIB; por lo tanto, tiene el poder para generar cambios en el mercado (¡y debe liderar con el ejemplo!)
Respecto al impacto ambiental, cabe mencionar la Ley 8839, Gestión Integral de Residuos, que incluye la autorización al Sector Público de promover la compra de bienes reutilizables, reciclables, biodegradables y valorizables, así como de productos fabricados con material reciclado.
No todas las instituciones lo hacen y todavía queda bastante por hacer al respecto, pero ya se inició.
En cuanto al impacto social, es importante hacer esfuerzos mayores. Solicitar estar al día con la CCSS y póliza de riesgos laborales es un paso importante, mas no suficiente, pues no significa que todos sus trabajadores estén cubiertos, ni implica otros elementos de trabajo decente, como salarios a tiempo, salarios mínimos, salud y seguridad ocupacional, jornadas laborales, entre otros.
Por la normativa de contratación administrativa, en la compra de bienes podría ser cuestionable qué tanta injerencia tiene el comprador; sin embargo, en la compra de servicios (limpieza, seguridad, etc.) la Administración tiene el deber de adjudicar a ofertas legales (las que consideran en sus costos las obligaciones laborales y de seguridad social) y, por otro lado —ya que está pagando por esto— tiene el derecho de velar por dicho cumplimiento durante la ejecución del contrato.
En los contratos se establece que estos no originan relación laboral entre la institución que contrata y los empleados de la empresa que brinda el servicio, y por lo tanto es esta última la que debe cumplir con todas las disposiciones en materia laboral.
Aún así, algunas instituciones incluyen cláusulas sobre condiciones laborales y brindan seguimiento durante la ejecución del contrato a aspectos como pago de salarios a tiempo, salarios mínimos, seguros, etc.
Por otro lado, se presentan casos, algunos que han llegado a la luz pública, donde la institución recibe servicios por parte de empleados que no tienen cubiertos sus derechos laborales básicos, particularmente preocupante si hablamos de trabajadores vulnerables.
El Ministerio de Trabajo ejecuta su función, pero otras instituciones deben colaborar ejerciendo un consumo responsable.
Las modalidades de producción deben cambiar si queremos alcanzar el desarrollo sostenible, pero también debemos cambiar las modalidades de consumo, empezando por el que tiene el mayor poder de compra.

Sylvia Elena Aguilar Camacho
CEGESTI






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