Una taza de café para empezar el día. Una pastilla para el dolor de cabeza. Un vino para “relajarse” después del trabajo. Un ansiolítico para poder dormir. Al día siguiente, repite. Todo normal. Todo legal. Todo aprobado socialmente.
Y sin embargo, cuando alguien habla de cannabis medicinal, microdosis de psilocibina o regulación de sustancias... Las cejas se fruncen, las palabras se susurran, las miradas se esquivan. Parece que el problema no es estar drogados. Es con qué, cómo y, sobre todo, quiénes.
Durante décadas nos vendieron una narrativa simplista: las drogas son malas, punto. Pero lo que olvidaron decirnos es que esa frase tenía letra pequeña, porque hay drogas que matan lentamente con la aprobación del sistema y otras que se prohíben pese a su potencial terapéutico, simplemente porque desafían lo establecido, lo que conocemos.
Vivimos en una cultura que demuestra que necesita sustancias para funcionar, pero se niega a admitirlo. Las farmacias están llenas. Las botellas también. Y aun así seguimos creyendo que el problema está afuera, en otros cuerpos, en otras realidades. Esta doble moral tiene consecuencias. No solo reproduce estigmas y discrimina a quienes consumen por necesidad o tradición, sino que impide el avance de políticas públicas más informadas y menos prejuiciosas.
El próximo 21 de junio entra en vigencia el reglamento técnico, “RTCR 515:2024 Cannabis. Productos medicinales a base de cannabis,Disposiciones Administrativas, Registro sanitario, etiquetado, especificaciones, control y publicidad”, este reglamento establece disposiciones administrativas, de registro sanitario, etiquetado, control y publicidad, que regulan los productos con cannabis medicinal que se venderán en las farmacias autorizadas que obtengan la licencia para dispensar y comercializar estos productos.
Un detalle importante, es que el artículo 9.7 define con exactitud la cantidad máxima de productos secos de cannabis que un paciente está autorizado a portar en lugares públicos: la menor entre 30 veces la dosis diaria indicada en la receta médica o 150 gramos. No se trata de vacíos legales ni de zonas grises: se trata de una normativa sanitaria, que reconoce el derecho al acceso, el uso y la posesión responsable de cannabis con fines medicinales bajo prescripción médica.
El cambio de paradigma que introduce el reglamento técnico exige también, que las autoridades adapten sus prácticas y procedimientos para reflejar la nueva realidad legal. En este sentido, las fuerzas de seguridad y los cuerpos policiales deberán capacitarse, para diferenciar de manera clara y precisa entre el uso legal del cannabis medicinal, regulado por prescripción médica, y el consumo ilícito. Es esencial que se respete la normativa y no se incurra en arbitrariedades que puedan afectar injustamente a los pacientes que utilizan cannabis con fines medicinales o terapéuticos. Para ello, se debe implementar un sistema de verificación eficiente y accesible que permita a las autoridades identificar rápidamente si un usuario está dentro de los límites establecidos por la ley (es un paciente de cannabis medicinal y la dosis diaria que está autorizado a portar), porque solo a través de una aplicación coherente y bien informada de la normativa se podrá garantizar el acceso seguro a los productos medicinales, proteger los derechos de los pacientes y evitar la perpetuación de estigmas y prejuicios relacionados con el consumo de estas sustancias.





































