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Miércoles, 11 de diciembre de 2024



FORO DE LECTORES


Un Estado eficiente

| Miércoles 04 julio, 2012


Un Estado eficiente

Para que un país sea gobernable debe tener como una de sus principales fortalezas un Estado eficiente. De lo contrario corremos el riesgo de que el Estado, en lugar de ser un motor que contribuya en el crecimiento económico y un garante efectivo de la equidad distributiva del ingreso, se convierta en un obstáculo al desarrollo y un generador de desigualdad social.
Cuando esto sucede es indispensable repensar y revisar el marco constitucional y legal en que operan el Estado y sus instituciones. Costa Rica no puede perder el tiempo y desaprovechar las oportunidades para construir hoy las ventajas del mañana.
Es indispensable que la Asamblea Legislativa recupere la credibilidad y representatividad perdidas. El modelo de escogencia de diputados se agotó. Avancemos hacia una elección de diputados por nombre y no por lista, con la posibilidad de establecer la carrera parlamentaria. Estas medidas darán más poder a los electores y más deber de compromiso de los elegidos.
Además debemos disponer que las Sesiones Extraordinarias, en las que el Ejecutivo tiene iniciativa en la formación de la Agenda, inicien cada legislatura y que un determinado número de proyectos de ley iniciativa del Ejecutivo sean tramitados, en cada legislatura, con carácter de urgente, con plazo perentorio para ser votados.
Es indispensable mejorar la gestión de las administraciones públicas; para ello hay que introducir en la Constitución el principio general de administración pronta y cumplida, obligando con ello a que las leyes, reglamentos, decretos y toda normativa posterior se enmarquen a la luz de este principio. Para una mayor eficiencia en la gestión de los órganos y entes públicos, deberíamos establecer en la Constitución que, con la salvedad que indique la ley, los plazos de la función pública serán perentorios.
En el ámbito del Ejecutivo debemos otorgar al Presidente las atribuciones necesarias para dirigir la Administración Pública Centralizada y las Administraciones Públicas Descentralizadas. No puede ser que el poder del Presidente se limite, en el caso de los entes descentralizados, a la emisión de directrices generales cuando, en muchos casos, lo que se requiere es instruir específicamente a la alta administración de un ente a fin de asegurar un bien público superior.
Además, conviene reconocer rango constitucional a la figura de los Consejos Sectoriales —bajo el liderazgo del Ministro del ramo— a fin de mejorar la gestión y la coordinación entre ministerios y otros entes públicos y atribuir al Consejo de Gobierno la competencia de nombrar y remover, según criterio, a los directores de las instituciones autónomas y empresas del Estado.
Las anteriores no son todas pero sí algunas de las reformas en que deberíamos pensar para hacer del Estado una estructura más eficiente y del país una entidad más gobernable. Es hora que recobremos la disposición a coincidir, profundicemos lo bueno que hemos logrado, atrevámonos a construir las obras que aún faltan y tomemos las decisiones que nos permitan avanzar hacia la sociedad económicamente desarrollada, socialmente inclusiva y ambientalmente sostenible del bicentenario.

Rodrigo Arias Sánchez






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