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Qué se reforma de las zonas francas

| Miércoles 27 enero, 2010



Qué se reforma de las zonas francas

El pasado 22 de enero se publicó en La Gaceta la Ley que reforma el Régimen de Zonas Francas. Esta reforma era imprescindible para la sostenibilidad del régimen en empresas manufactureras ya que, de acuerdo con la OMC, los incentivos que se otorguen bajo condición de que el producto sea exportado, califican como subsidios y por lo tanto son contrarios al libre comercio. La anterior Ley exigía a las manufactureras que exportaran al menos un 75% de su producción, por lo que se debía reformar.
Esta reforma crea una nueva categoría de empresa de zona franca, cuyos incentivos no están ligados al hecho de exportar, sino al de pertenecer a un sector estratégico. La definición de sector estratégico corresponde a una comisión público-privada, y debe cumplir ciertas características como generar empleo de calidad, contribuir a la modernización productiva del país, promover transferencia tecnológica, entre otros.
Debemos rescatar que la reforma no afecta a las empresas de servicios (inciso c del artículo 17) pues los servicios aún no han sido regulados por la OMC. La reforma tampoco afecta a las empresas manufactureras (inciso a del artículo 17) que ya operan bajo el régimen de zona franca, pues sus incentivos se mantendrán según su contrato de operaciones. Esas empresas manufactureras además pueden trasladarse a la nueva categoría, con nuevos plazos, si cumplen los requisitos para ello.
Aparte de la nueva categoría de empresa de zona franca, la ley tiene varias innovaciones interesantes: contrario al régimen actual, la nueva categoría de empresas de zona franca deberá pagar impuesto sobre la renta pero a tasas preferenciales. Por ejemplo, las que se ubiquen dentro de la Gran Área Metropolitana Ampliada, deberán pagar un 6% de impuesto durante los primeros ocho años y un 15% durante los restantes cuatro años, para un total de 12 años de beneficios. Sin embargo, la reforma lleva una marcada preferencia por las empresas que se instalen fuera de la GAMA ya que ahí las que no pertenezcan a un sector estratégico pueden optar por el régimen gozando así de seis años con exención total, otros seis años con un 5%, y un último periodo de seis años con un 15%, para un total de 18 años de incentivos. No obstante si además de estar fuera de la GAMA pertenecen a un sector estratégico, estarán completamente exentas del impuesto por los primeros 12 años siempre que empleen 100 colaboradores o más.
En cuanto a encadenamientos productivos, la nueva ley tiene importantes disposiciones: empresas fuera del régimen pueden instalarse en un parque industrial para proveer bienes y servicios a empresas de zona franca sin que ello afecte los beneficios de la administradora del parque. Si esas empresas venden un 40% o más a empresas de zona franca, pueden optar por el régimen con todos sus incentivos.
Esta reforma permitirá que las zonas francas sigan siendo una herramienta fundamental para el desarrollo del país.

Lic. Ronald Lachner G.
Socio BLP Abogados
rlachner@blpabogados.com

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