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Ninguna “ventanilla única” sustituye a la aduana

| Viernes 19 julio, 2013


Considero prudente que nos unamos todos, para encontrar los medios adecuados para una verdadera Unión Aduanera Centroamericana, con ello ya no sería necesario realizar tantos trámites


Ninguna “ventanilla única” sustituye a la aduana


He leído con sumo cuidado el artículo que ha publicado el periódico LA REPÚBLICA, con el título: “Menos papeles, más exportación”, en el cual se indica que las empresas exportadoras tendrán un ahorro hasta de $60 por contenedor, todo ello gracias al VUCE 2.0, ventanilla única digital.
Deseo y quiero manifestar mi complacencia, por tratar de mejorar la Ventanilla Única integrándola a un sistema digital, siempre y cuando se siga manteniendo su única finalidad, que es que los trámites de permisos (salud, agricultura, seguridad, químicos, etc.) que requiera determinada clase de mercancía, sea de importación o exportación, se tramiten en un solo bloque virtual (ventanilla única), todo ello a efecto de que los importadores o exportadores no tengan que acudir a las distintas oficinas públicas para poder hacerlos.
También me parece muy bueno que los señores exportadores, economicen y se ahorren los $60 por contenedor y con ello puedan competir en el mundo exportador.
En este caso solo me queda una duda, y es que, por qué ventanilla única va a cobrar la suma de $10, por el trámite de cada contenedor? Siendo una oficina del Ministerio de Comercio Exterior, se debe entender que es un impuesto?
De conformidad con la ley, los exportadores están autorizados para hacer y tramitar los DUAS de exportación ante las Aduanas de salida, si no lo hacen es problema de ellos, no creemos que la ventanilla única digital pueda legalmente sustituir a las Aduanas y por esa razón los exportadores seguirán el camino que más les convenga.
Cosas que no se dicen, en el artículo del periódico LA REPÚBLICA, veamos:
1) De conformidad con el Derecho Comunitario Centroamericano y la Ley de Aduana Nacional, solamente las Aduanas son los Órganos competentes, para realizar los trámites aduaneros de importación y exportación.
2) En el caso de que un exportador dentro de lo establecido en las leyes, haga una Declaración Única Aduanera (DUA) de exportación, asume directamente todas las responsabilidades, tanto administrativas, tributarias, fiscales o penales.
3) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de exportación, y en la Aduana de salida se le asigne semáforo rojo, deberá hacerse presente para aclarar cualquier duda que tuviere la autoridad aduanera.
4) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de exportación, y ya sea la Policía fiscal o la Policía antidrogas, encuentren más productos de los declarados o mercancías que no son parte de la naturaleza que se manifestaron, deberá dar las explicaciones correspondientes a las autoridades competentes.
Considero que lo más prudente es que nos unamos todos, para encontrar los medios adecuados en lograr una verdadera Unión Aduanera Centroamericana, con ello ya no sería necesario realizar tantos trámites, ni se justificarían las ventanillas únicas de las aduanas fronterizas y así los exportadores se van a economizar más de los $60 por contenedor que se han vaticinado.


Óscar Ramos Valverde

Fundador Universidad Aduanera
 

 

 






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